Texto de la norma
Dec. No. 509-04 que autoriza a la razon social Coconut’s Internacional, S. A., a hacer
us0 de la franja manna de una porcion de terreno en Higiiey, para la construccion de
la plaza comercial Coconut’s Village.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 509-04
CONSIDERANDO: Que es interes del Estado promover el incremento de
las actividades que contribuyan a1 desarrollo social y economico del pais y propiciar las
condiciones necesarias para la creacion de un clima adecuado a fin de viabilizar las
inversiones locales;
CONSIDERANDO: Que la razon social Coconut’s International, S.A., ha
solicitado autorizacion para el us0 de la franja maritima ubicada dentro del ambito de la
Parcela No. 91-C, del Distrito Catastral No. 11 4ta., municipio de Higtiey, provincia La
Altagracia, a objeto de desarrollar una plaza comercial, con fines turisticos generales,
denominada Coconut’s Village;
VISTA la Ley No. 541, de fecha 31 de diciembre de 1969 (Ley Organica de
Turismo de la Republica Dorninicana), y sus modificaciones.
VISTA la Ley No. 84, de fecha 26 de diciembre de 1979, que crea la
Secretaria de Estado de Turismo;
VISTA la Ley No. 64-00, de fecha 25 de julio del 2000 (Ley General de
Medio Ambiente y Recursos Naturales).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se autoriza a la razon social Coconut’s International, S.A.,
a hacer us0 de la franja maritima del ambito de la Parcela No. 91-C, del Distrito Catastral
No. 11 4ta., municipio de Higtiey, provincia La Altagracia, a objeto de desarrollar una
plaza comercial, con fines turisticos generales, denominada Coconut’s Village.
ARTICULO 2.- La autorizacion que por el presente decreto se confiere
estara condicionada a1 cumplimiento por parte de la empresa beneficiaria de 10s requisitos
establecidos en las reglamentaciones a1 tenor de la Secretaria de Estado de Turismo y de la
Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
ARTICULO 3.- Enviese a las Secretarias de Estado de Turismo y Medio
Ambiente y Recursos Naturales, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s siete (7) dias del mes de junio del aiio dos mil
cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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