Texto de la norma
Dec. No. 467-04 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 467-04
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambio de nombres establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a la solicitud formulada en tal sentido por los interesados.
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley.
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTICULO 1.- El señor George Alexander Nicolás Pantaleón, queda autorizado a cambiar su nombre por el de George Alexander Nader Nicolás Pantaleón.
ARTICULO 2.- El señor Emmanuel Cruz Corsino, queda autorizada a cambiar su nombre por el de José Emmanuel Cruz Corsino.
ARTICULO 3.- El señor Baldomero Rosario Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Belarminio Rosario Rosario.
ARTICULO 4.- La señora María De los Santos Fermín Reyes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María De los Angeles Fermín Reyes.
ARTICULO 5.- La señora Elocadia Ramón García, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Arlenys Elvira Ramón García.
ARTICULO 6.- La señora Patricia Fariba Scheker Báez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Pilar Patricia Fariba Scheker Báez.
ARTICULO 7.- El señor Maximino Rojas, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Máximo Rojas.
ARTICULO 8.- La señora Isania Vólquez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Isaura Vólquez.
ARTICULO 9.- El señor Saddan José Seguié Bonilla, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Nicolás Antonio Seguié Bonilla.
ARTICULO 10.- La señora Ana Rosa Hierro Salcedo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Ana Rosa Hierro Salcedo.
ARTICULO 11.- La señora Damaris Pimentel Medina, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Aroni Athino Pimentel Medina.
ARTICULO 12.- La señora Lorenza Olimpia Pérez Cabrera, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Florencia Olimpia Pérez Cabrera.
ARTICULO 13.- El señor José Aquilino Ayala Sánchez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Agustín Ayala Sánchez.
ARTICULO 14.- La señora Florencia Almonte Germosén, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Edita Almonte Germosén.
ARTICULO 15.- La señora Ercisa Mercedes De Jesús Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mercedes De Jesús Sánchez.
ARTICULO 16.- La señora Miriam Massiel Castillo Acevedo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mariam Massiel Castillo Acevedo.
ARTICULO 17.- La señora Lorenza Trinidad Moreta, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Hilda Lorenza Trinidad Moreta.
ARTICULO 18.- La señora Eufemia Virgen Núñez Marte, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosmery Núñez Marte.
ARTICULO 19.- Queda derogado el Artículo 25 del Decreto No. 124-04, de fecha 12 de febrero del año 2004, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “La señora Juliana Sánchez Cleto, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Juana Sánchez Cleto”.
ARTICULO 20.- Queda derogado el Artículo 11 del Decreto No. 124-04, de fecha 12 de febrero del año 2004, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “La señora Juana García, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Juana Onoria García”.
ARTICULO 21.- La señora Cristina Martínez Reyes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Cristina Martínez Reyes.
ARTICULO 22.- Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos mil cuatro (2004); años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.