Texto de la norma
Dec. No. 417-04 que concede el beneficio de la incorporacion, a varias asociaciones
cooperativas.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 417-04
VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de
1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes
asociaciones cooperativas:
1 .-
COOPERATIVA
NACIONAL
DE
MOTOCONCHISTAS
DE
AHORROS, CREDIT0 Y SERVICIOS MULTIPLES, que tiene su
domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica
Dorninicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea
Constitutiva celebrada en fecha 30 de enero del 2003.
2.-
FEDERACION
NACIONAL
DE
COOPERATIVAS
DE
CAMIONEROS DOMINICANOS (FENACOOPCADO), que tiene su
domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica
Dorninicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea
Constitutiva celebrada en fecha 13 de abril del 2003.
3.-
COOPERATIVA AGROPECUARIA Y SERVICIOS MULTIPLES DE
GANADEROS DE ENRIQUILLO, que tiene su domicilio en el Municipio
de Enriquillo, Provincia de Barahona, Republica Dorninicana, y cuyos
estatutos fueron aprobados en la Asamblea Constitutiva celebrada en fecha
27 de febrero del 2000.
4.-
COOPERATIVA AGROPECUARIA Y DE SERVICIOS MULTIPLES
“LA OCCIDENTAL”, que tiene su domicilio en las Matas de Farfan,
Republica Dorninicana., y cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea
Constitutiva celebrada en fecha 05 de octubre del 2003.
5.-
COOPERATIVA DE SERVICIOS
MULTIPLES
DE AHORROS,
CREDITOS “LA HUMILDAD”, que tiene su domicilio en Las Matas de
Farfin, Republica Dorninicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en la
Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 21 de diciembre del 2003.
6.-
COOPERATIVA
DE
AHORROS,
CREDITOS
Y
SERVICIO
MULTIPLES DE EMPLEADOS DE LA SECRETARIA DE ESTADO
DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA (COOPESEESCYT),
que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica
Dorninicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea
Constitutiva celebrada en fecha 17 de octubre del 2003.
ARTICULO 2.- Enviese a1 Instituto de Desarrollo v Credit0 Cooperativo
(IDECOOP), para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s cinco (5) dias del mes de mayo del aiio dos mil
cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.