Texto de la norma
Dec. No. 413-04 que autoriza a varias companias extranjeras a fijar domicilio en la
Republica Dominicana.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 413-04
VISTAS las instancias que por via de la Secretaria de Estado de Interior y
Policia han elevado a1 Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte
dispositiva del presente decreto.
VISTO el Articulo 13 del Codigo Civil de la Republica Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se autoriza a la sociedad INVERSIONES J.V.T.S. EN C.,
sociedad organizada de conformidad con las leyes de Colombia, con su domicilio en
Colombia, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
ARTICULO 2.- Se autoriza a la sociedad PORTAFOLIO SUIZO, INC.,
sociedad organizada de conformidad con las leyes de Panama, con su domicilio en Panama,
a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
ARTICULO 3.- Se autoriza a la sociedad CSC COMPUTER SCIENCES
CARIBBEAN, INC., sociedad anonima constituida de conformidad con las leyes de
Estados Unidos de Norteamerica, con su domicilio en el Estado de Nevada, Estados Unidos
de Norteamerica, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
ARTICULO 4.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia, para
10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s cinco (5) dias del mes de mayo del aiio dos mil
cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.