Texto de la norma
Dec. No. 678-05 que crea una zona franca industrial que se denominari Parque de
Zona Franca Industrial El Pilar, bajo la administracion tknica y operativa de la
empresa Australia Operating Corporation, S. A., ubicada en la provincia de Azua.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 678-05
CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de
exportacihn en diferentes lugares del pais, asi como la ampliacihn de las ya existentes, han
contribuido eficazmente a la rehabilitacihn de la economia de aquellas demarcaciones
donde han sido instaladas.
CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucihn No. 02-05-P, del Consejo
Nacional de Zonas Francas de Exportacihn, de fecha 22 de febrero del aiio 2005, dicho
Consejo aprobh la instalacihn del Parque de Zona Franca Industrial El Pilar, a ser
desarrollado y operado por la compaiiia “Australia Operating Corporation, S.A.”, la cual
operara en el Municipio y Provincia de Azua, Republica Dominicana.
CONSIDERANDO: Que el Articulo 19, acapite “a” de la Ley No. 8-90, de
fecha 15 de enero de 1990, que fomenta la instalacihn de nuevas zonas francas y el
crecimiento de las existentes, faculta a1 Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacihn
para conocer, evaluar y recomendar a1 Poder Ejecutivo la instalacihn de extensiones de 10s
parques industriales existentes, acogidos a 10s beneficios de dicha ley.
VISTA el acta de la reunion celebrada en fecha 22 de febrero del 2005,
debidamente certificada por la Secretaria del Consejo Nacional de Zonas Francas de
Exportacihn.
VISTA la Ley No. 8-90, del 15 de enero del aiio 1990 y su Reglamento.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se crea la Zona Franca Industrial que se denominara
Parque de Zona Franca Industrial El Pilar, bajo la administracihn tecnica y operativa de
la empresa “Australia Operating Corporation, S.A.”, la cual se beneficiara del regimen de
incentivos y obligaciones contenidos en la Ley No. 8-90, del 15 de enero del aiio 1990.
ARTICULO 2.- El Parque de Zona Franca Industrial El Pilar, estara
ubicado en la seccihn El Higtierito, Municipio y Provincia de Azua, Republica Dominicana,
en una extension territorial de Un Millhn Seiscientos Cincuenta y Un Mil Trescientos
Veinticinco metros cuadrados (l,651,325mts2), dentro de la Parcela No. 664-B, del D.C.
No. 8 del Municipio y Provincia de Azua, correspondiente a 10s siguientes linderos:
A1 Norte:
Parcela No. 664-A y antiguo Camino a Estebania.
A1 Este:
Parcela No. 664-D.
A1 Sur :
Parcela No.664-M y 664-C, Carretera Sinchez.
A1 Oeste:
Parcela No. 665
ARTICULO 3.- Las condiciones bajo las cuales se desarrollara y operara la
referida zona industrial serin convenidas mediante la firma de 10s contratos
correspondientes entre el Estado Dominican0 y la empresa “Australia Operating
Corporation, S.A.”.
ARTICULO 4.- La extension territorial de la referida zona franca industrial
podra ser extendida a solicitud de la operadora de dicho parque, previo cumplimiento de las
disposiciones de la Ley No. 8-90, del 15 de enero de 1990 para estos fines.
ARTICULO 5.- Las empresas que se establezcan en el Parque de Zona
Franca Industrial El Pilar, una vez aprobadas por el Consejo Nacional de Zonas Francas
de Exportacihn, se beneficiaran de 10s incentivos y exenciones contenidas en las leyes,
decretos y reglamentos vigentes y de aquellos que pudiesen decretarse en el futuro.
ARTICULO 6.- Se le otorga Poder Especial a1 Secretario de Estado de
Industria y Comercio, para que en nombre y representacihn del Estado, suscriba con la
compaiiia “Australia Operating Corporation, S. A,”, 10s contratos correspondientes que
regulen las relaciones y manejo de estas zonas francas de exportacihn.
ARTICULO 7.- Enviese a1 Consejo Nacional de Zona Francas de
Exportacihn, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s doce (12) dias del mes de diciembre del aiio dos
mil cinco (2005); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
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