Texto de la norma
Dec.No. 677-05 que concede naturalizacion dominicana a varias personas, y
provisional a menores de edad.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 677-05
VISTAS las instancias Nos.14486, del 21 de noviembre del aiio 2001, 3919,
del 9 de abril del aiio 2002; 4587, del 26 de marzo del 2003; 3841, del 2 de abril del aiio
2004; 5472, 5473, y 5474, del 3 de octubre del aiio 2005; 5541, 5542, 5543, 5544, 5545,
5546, 5547, 5582, 5583, 5584, 5585 y 5628, del 5 de octubre del aiio 2005; 5629, del 6 de
octubre del aiio 2005; 5778, del 17 de octubre del aiio 2005; 5859, de fecha 19 de octubre
del 2005; 5860, de fecha 11 de octubre del 2005; 5933 y 5934, del 17 de octubre del 2005;
6115, del 28 de octubre del 2005; 61 16, del 27 de octubre del 2005; 61 17, del 17 de octubre
del 2005; 6204, del lro. de noviembre del aiio 2005; respectivamente, que por conduct0 de
la Secretaria de Estado de Interior y Policia han elevado a1 Poder Ejecutivo las personas
cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
VISTA la Ley No.1683, sobre Naturalizacihn, del 16 de abril de 1948, y sus
modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la naturalizacihn dominicana
ordinaria a las personas que se indican a continuacihn:
1.-
2.-
3.-
4.-
5.-
6.-
7.-
8.-
9.-
10.-
11.-
12.-
13.-
14.-
15.-
16.-
17.-
18.-
19.-
20.-
21.-
22.-
23.-
24.-
25.-
A1 seiior Alain Rivas Longres, de nacionalidad cubana.
A1 seiior Lorenzo Roberto Sancassani, de nacionalidad italiana.
A1 seiior Louis Claude Joseph Cote, de nacionalidad canadiense.
A1 seiior Justo Colunga Santos, de nacionalidad cubana.
A la seiiora Gisela Delgado Almanza, de nacionalidad cubana.
A la seiiora Wendy Valerie Izarnotegui Castillo, de nacionalidad peruana.
A la seiiora Ana Maria Caballero Nuiiez, de nacionalidad uruguaya.
A1 seiior Risto Olavi Nykaenen, de nacionalidad finlandesa.
A1 seiior Tsang-Li Huang, de nacionalidad taiwanesa.
A la seiiora Liang Hsi Huang, de nacionalidad taiwanesa.
A1 seiior Shih-Yuan Huang, de nacionalidad taiwanesa.
A la seiiora Cui-Xin Xie, de nacionalidad china.
A la seiiora Mei Chin Wu, de nacionalidad china.
A1 seiior June-Ming Ho, de nacionalidad china.
A1 seiior Davoud Teghizadeh, de nacionalidad irani.
A1 seiior Poon Sang Ho, de nacionalidad china.
A1 seiior Ala’A Muhi Eddin Abdel Hamid A1 Ah, de nacionalidad jordana
A1 seiior Elver Montealegre Moscoso, de nacionalidad colombiana.
A1 seiior Julio Lucas Suarez Diaz, de nacionalidad cubana.
A1 seiior Norman Dale Haugerud, de nacionalidad estadounidense.
A la seiiora Hung-Yu Yeh, de nacionalidad china.
A1 seiior Cheung Kwok-Chu, de nacionalidad china.
A la seiiora Shu Lian Liu Chang, de nacionalidad china.
A la seiiora Chi-Ying Liu, de nacionalidad china.
A la seiiora Yin Xiu Ng Feng, de nacionalidad china.
ARTICULO 2.- Se concede el beneficio de la naturalizacihn dominicana
provisional a 10s menores que se indican a continuacihn:
1 .-
2.-
3.-
4.-
5.-
Stefania Marina, de nacionalidad italiana.
Piero Nicolis Silverio, de nacionalidad estadounidense.
Aldwin Dario Lozada Noboa, de nacionalidad estadounidense,
Manuel Actis Cassa, de nacionalidad espaiiola.
Rosamil Figuereo, de nacionalidad estadounidense.
ARTICULO 3.- Se modifica el numeral 14 del Articulo 2 del Decreto No.
444-05, del 19 de agosto del 2005, para que diga de la siguiente manera: “Se le concede el
beneficio de la naturalizacihn provisional dominicana a1 menor Devid Aldi Alvarez, de
nacionalidad suiza.
ARTICULO 4.- Se modifica el numeral 8 del Articulo 1 del Decreto No.
185-05, del 21 de marzo del 2005, para que diga de la siguiente manera: “Se concede el
beneficio de la naturalizacihn ordinaria dominicana a la seiiora Lisbet Rey Cruz, de
nacionalidad cubana.
ARTICULO 5.- Los beneficiarios recibiran la carta de naturalizacihn de
manos del Secretario de Estado de Interior y Policia previo juramento de fidelidad a la
Republica Dominicana ante dicho funcionario.
ARTICULO 6.- Enviese a las Secretarias de Estado de Interior y Policia y
de Relaciones Exteriores, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s doce (12) dias del mes de diciembre del aiio dos
mil cinco (2005); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
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