Texto de la norma
Dec. No. 696-05 que autoriza a varias compañías extranjeras a fijar domicilio en la República Dominicana.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 696-05
VISTAS las instancias que por vía de la Secretaria de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte dispositiva del presente decreto.
VISTO el Articulo 13 del Código Civil de la Republica Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza a la compañía Fourthtour Establishment., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes del Estado de Suiza, con su domicilio principal en Aubundt 36, P.O Box.880, 9490, Vaduz, Liechtenstein, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Artículo 2.- Se autoriza a la compañía Argo Capital Investors Fund SPC, sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de las Islas Cayman, con su domicilio en principal en Codan Trust Company (Cayman) Limited, Century Yard, Cricket Square, Hutchins Drive, apartado 2681GT, George Town, Gran Cayman, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Artículo 3.- Se autoriza a la compañía Picasso Corporate Holdings, LTD, sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de las Islas Vírgenes Británicas, con su domicilio principal en Road Town, Tortola, P.O. Box.3174, Islas Vírgenes Británicas, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Artículo 4.- Se autoriza a la compañía Selección de Inversiones Costa, S.L., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de España, con su domicilio principal en el 03015, Alicante Calle Pintor Javier Soler No.07. Torre D 7ª, Barcelona, España, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Artículo 5.- Se autoriza a la compañía Greyswood Financial, Inc., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de las Islas Vírgenes Britanicas, con su domicilio principal en Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Britanicas, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 6.- Se autoriza a la compañía Societe Air France, sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de Francia, con su domicilio principal en 45 Rue de Paris, 95747 CDG Cedex, 93290 Tremblay, Francia, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Artículo 7.- Se autoriza a la compañía Surinam Airways, sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de la Republica de Surinam, con su domicilio principal en el 136 Coppenamestraat, P.O. Box 2029, Paramaribo, Republica de Surinam, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Artículo 8.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica dominicana, a los treinta (30) días del mes de diciembre del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 143 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.