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Decreto

Decreto 24-06

que autoriza a la compaiiia Parque Industrial Itabo, S. A., a desarrollar y operar una extension de la Zona Franca Industrial de San Cristobal, en un edificio ubicado en la Ave. Independencia de la ciudad de Santo Domingo de Guzman

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 ene de 2006fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 10353Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Zona Franca Industrial de San Cristobal

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 24-06 que autoriza a la compaiiia Parque Industrial Itabo, S. A., a desarrollar y operar una extension de la Zona Franca Industrial de San Cristobal, en un edificio ubicado en la Ave. Independencia de la ciudad de Santo Domingo de Guzman. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 24-06 CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportacion en diferentes lugares del pais, asi como la arnpliacion de las ya existentes, han contribuido eficazmente a la rehabilitacion de la economia de aquellas demarcaciones donde han sido instaladas. CONSIDERANDO: Que el Art. 19, acapite “a” de la Ley No. 8-90 de fecha 15 de enero de 1990, que fomenta la instalacion de nueva zonas francas y el crecimiento de las existentes, faculta a1 Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacion para conocer, evaluar y recomendar a1 Poder Ejecutivo la instalacion de extensiones de 10s parques industriales existentes, acogidos a 10s beneficios de dicha ley. VISTA la Ley No. 8-90, del 15 de enero del aiio 1990 y su Reglamento. VISTA la Resolucion No. 01-05-MP, del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacion, de fecha 23 de junio del aiio 2005, dicho Consejo aprobo la extension de la Zona Franca Industrial de San Cristobal, a ser desarrollada y operada por la compaiiia “Parque Industrial Itabo S.A.”, la cual funcionara en una porcion de terreno con una extension superficial de Seiscientos Trece punto Noventa y Nueve metros cuadrados (613.99mts), localizada en la Ave. Independencia esquina Calle Pedro Ignacio Espaillat, del Distrito Nacional, en el Solar No. 9-B, Manzana No. 314, del D.N. No.1, del Distrito Nacional, con 10s siguientes linderos: a1 Norte Solar No. 9-A; a1 Este Solar No. 2-A; a1 Sur Ave. Independencia; y A1 Oeste Calle Pedro Ignacio Espaillat. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Art. 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente: D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se autoriza a la compaiiia Parque Industrial Itabo S.A., a desarrollar y operar una extension de la Zona Franca Industrial de San Cristobal, la cual funcionara en un edificio de seis niveles con quince (15) locales independientes, construido en una porcion de terreno con una extension superficial de Seiscientos Trece punto Noventa Nueve metros cuadrados (6 13.99mts), localizado en la Ave. Independencia, esquina Calle Pedro Ignacio Espaillat, Distrito Nacional, en el Solar No.9-B, Manzana No.314, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con 10s siguientes linderos: a1 Norte Solar No.9-A; a1 Este Solar No.2-A; a1 Sur Ave. Independencia; y a1 Oeste Calle Pedro Ignacio Espaillat. ARTICULO 2.- Las condiciones bajo las cuales se desarrollara y operara la referida zona industrial serin convenidas mediante la firma de 10s contratos correspondientes entre el Estado Dominicano y la Zona Franca Industrial de San Cristobal. ARTICULO 3.- Las empresas que se establezcan en la extension de la Avenida Independencia, de la Zona Franca Industrial de San Cristobal, una vez aprobadas por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacion, se beneficiaran de 10s incentivos y exenciones contenidas en las leyes, decretos y reglamentos vigentes y de aquellos que pudiesen decretarse en el futuro. ARTICULO 4.- Se le otorga poder especial a1 Secretario de Estado de Industria y Comercio, para que en nombre y representacion del Estado Dominicano, suscriba con la compaiiia “Parque Industrial Italbo, S.A. ”, 10s contratos correspondientes que regulen las relaciones y manejo de esta zona franca Industrial. ARTICULO 5.- Enviese a1 Consejo Nacional de Zona Francas de Exportacion, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominican% a 10s veinticuatro (24) dias del mes de enero del aiio dos mil seis (2006); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracion. LEONEL FERNANDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona