Texto de la norma
Dec. No. 48-06 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 48-06
VISTAS la Ley No.4381, del 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577, del
12 de julio de 1961
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Santiago,
Provincia Santiago a vender 10s inmuebles que se describen a continuacion:
1.-A1 seiior Victor Manuel Nuiiez, el solar que esta dentro de la parcela catastral
No.56 (parte), con designacion municipal de solar No.23-B, manzana N0.16, del Distrito
Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un area de 64-01 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, solar No.24; a1 Este, solar No.22; a1 Sur, solar No.23-A; y a1
Oeste, calle Santa Lucia; por la suma de Nueve Mil Seiscientos Diez Pesos con 50/100
(RD$9,610.50).
2.-A la seiiora Ana Altagracia Lucila Baldayac Marcelino, el solar que esta dentro
de la parcela catastral No.129-L (parte), con designacion municipal de solar No.2-A,
manzana No.23, del Distrito Catastral No.6, del municipio de Santiago, con un area de
27.13 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, Avenida 2da; a1 Este, solar
No.4; a1 Sur, solar No.3; y a1 Oeste, solar No.2; por la suma de Ocho Mil Ciento Treinta y
Nueve Pesos con 00/100 (RD$8,139.00).
3.-A la seiiora Maria Obdulia Rodriguez, el solar que esta dentro del ambito de la
manzana catastral No.87, con designacion municipal No.1167, manzana No.72, del Distrito
Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un area de 166.16 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, solar municipal No.1168; a1 Este, terreno propio; a1 Sur, solar
municipal No. 1166; y a1 Oeste, calle Pedro Hungria; por la suma de Veinte y Tres Mil
Doscientos Sesenta y Dos Pesos con 40/100 (RD$23,262.40).
4.-A1 seiior Jose Manuel Pereyra Rodriguez, el solar que esta dentro del ambito de la
parcela catastral No.353, con designacion municipal No.40, manzana municipal No.6
(antigua NO.^), del Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un area de
338.99 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, solar municipal No.39; a1
Este, calle Buena Vista; a1 Sur, solar municipal No.41; y a1 Oeste, solar municipal No.37;
por la suma de Sesenta y Siete Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 50/100
(RD$67,798.00).
5.-A1 seiior Estanislao Castro y Compartes, el solar No.14 que esta dentro de la
manzana catastral No. 157, con designacion municipal de solar No. 1381, manzana No.94,
del Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un area de 137.81 metros
cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, solar No.1382; a1 Este, solar No.1380; a1
Sur, calle El Sol; y a1 Oeste, calle Capotillo; por la suma de Veinte y Siete Mil Quinientos
Sesenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$27,562.00).
6.-A la seiiora Rosalina Tolentino de Morel, el solar que esta dentro del ambito de la
manzana catastral No.63-A, con designacion municipal No. 1543, manzana municipal
No.112, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un irea de 120.35
metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, solar de la comun No. 1544; a1 Este,
solar de la comun No.1553; a1 Sur, solar de la comun No.1542; y a1 Oeste, calle San Luis;
por la suma de Doce Mil Treinta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$12,035.00).
ARTICULO 2.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Mao,
Provincia Valverde a vender 10s inmuebles que se describen a continuacion:
1.-A1 seiior Wilson Rafael Estevez Tavarez, el solar No.1 que esta dentro de la
manzana No.8, con designacion municipal de solar No.267, manzana No.8, del Distrito
Catastral No.1, del municipio de Mao, con un area de 157.77 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, calle Elpidio Cabrera; a1 Este, prop. De Francisco Fortuna; a1
Sur, prop. De Jose Lantigua Rodriguez; y a1 Oeste, calle Fructuoso Rodriguez; por la suma
de Cuarenta y Nueve Mil Trescientos Tres Pesos con 13/100 (RD$49,303.13).
2.-A1 seiior Emerson Antonio Perez Estevez, el solar que esta dentro de la manzana
catastral No.21, con designacion municipal de solar No.2, manzana No.21, del Distrito
Catastral No.1, del municipio de Mao, con un area de 186.36 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, calle Talanquera; a1 Este, solar No.3; a1 Sur, solares Nos.21 y
22; y a1 Oeste, solar No.1; por la suma de Noventa y Tres Mil Ciento Ochenta Pesos con
00/100 (RD$93,180.00).
ARTICULO 3.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Puerto Plata,
Provincia Puerto Plata a vender 10s inmuebles que se describen a continuacion:
1.-A la Sociedad Dominicana de 10s Testigos de Jehova, Inc., debidamente
representada por el seiior Rafael Pared, el solar que esta dentro de la manzana catastral
No. 125, con designacion municipal de solar No.017-2003, manzana No. 125, del Distrito
Catastral No.1, del municipio de Puerto Plata, con un area de 256.87 metros cuadrados, con
10s siguientes linderos: a1 Norte, SUC. Santana; a1 Este, manzana No.125 (resto); a1 Sur,
manzana No. 125; y a1 Oeste, calle Francisco J. Peynado; por la suma de Treinta y Ocho Mil
Quinientos Treinta Pesos con 00/100 (RD$38,530.00).
2.-A1 seiior Rafael Sanchez, el solar que esta dentro de la manzana catastral No.36,
con designacion municipal de solar No.1, manzana No.36, del Distrito Catastral No.1, del
municipio de Puerto Plata, con un area de 131.00 metros cuadrados, con 10s siguientes
linderos: a1 Norte, calle Vista Alegre; a1 Este, calle Vista Alegre y Ave. Luis Ginebra; a1
Sur, Ave. Luis Ginebra; y a1 Oeste, resto manzana No.36; por la suma de Cuarenta y Nueve
Mil Ciento Veinte y Cinco Pesos con 00/100 (RD$49,125.00).
ARTICULO 4.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Dajabon,
Provincia Dajabon a vender a la seiiora Gloria Carrasco Vda. Diaz, el solar que esta dentro
de la manzana catastral No.41, con designacion municipal de solar No.3, manzana No.41,
del Distrito Catastral No.1, del municipio de Dajabon, con un irea de 328.48 metros
cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, calle Maximo Gomez; a1 Este, solar No.4;
a1 Sur, solar No. 17; y a1 Oeste, solar No.2; por la suma de Treinta y Dos Mil Ochocientos
Cuarenta y Ocho Pesos con 00/100 (RD$32,848.00).
ARTICULO 5.- Se modifica el Articulo 3 del Decreto No.30-03, de fecha
14 de enero del aiio 2003, para que diga de la siguiente manera:
“Se autoriza a1
Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a1 seiior Apolinar
Bolivar Gomez G., un solar, el cual tiene una designacion municipal No.1097, de la
manzana municipal No.63, solar catastral No.20, manzana catastral No.56, del Distrito
Catastral Nol, del Municipio de Santiago, con un area de 210.25 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, solar municipal No.2362; a1 Este, solar municipal No.1096; a1
Sur, calle Independencia y a1 Oeste, solar municipal No. 1098; por la suma de Veinte y Un
Mil Veinte y Cinco Pesos con 00/100 (RD$21,025.00)”.
ARTICULO 6.- Se modifica el Numeral No.3 del Articulo 2 del Decreto
No.370-98, de fecha 5 de Octubre del aiio 1998, para que diga de la siguiente manera: “Se
autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la
seiiora Clara Luz Ramos de Linares, 10s solares municipales 11 y 12 de la manzana
municipal No.293, correspondiente a la manzana catastral No.293, del Distrito catastral
No.1, ubicado en el sector Mejoramiento Social del Municipio de Santiago, con un area de
512.39 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, solar municipal No.11; a1
Este, solar No.1-A; a1 Sur, solar No. 13 y a1 Oeste, Ave. Minaya; por la suma de Setenta y
Seis Mil Ochocientos Cincuenta y Ocho Pesos con 50/100 (RD$76,858.50)”.
ARTICULO 7.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Bani,
Provincia Peravia a vender a1 seiior Diego Hurtado Brugal, un solar dentro de la parcela
catastral No.977, con designacion municipal de solar No. 14-98, manzana No.977 del
Distrito Catastral No.5, del municipio de Bani, con un irea de 1,212.04 metros cuadrados,
con 10s siguientes linderos: a1 Norte, Mar Caribe y resto de la parcela No.977; a1 Este, resto
parcela No.977; a1 Sur, carretera a Salinas; y a1 Oeste, (resto) parcela No.977; por la suma
de Ciento Veintiun Mil Doscientos Cuatro Pesos con 00/100 (RD$121,204.00).
ARTICULO 8.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia y a
la Liga Municipal Dominicana, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s tres (3) dias del mes de febrero del aiio dos mil
seis (2006); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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