Texto de la norma
Dec. No. 135-06 que autoriza una impresion de estampillas para fosforos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 135-06
VISTA la Ley No. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se autoriza la siguiente impresion de estampillas para
fosforos:
400,000,000
(CUATROCIENTOS MILLONES) de estampillas para
fosforos de RD$0.04, color azul, en tamaiio de dos y medio (2%) centimetros
de ancho por cuatro (4) centimetros de largo con el siguiente diseiio: en el
centro de una figura rectangular el numero cuatro (4) encima de este numero
la palabra “centavo” y debajo la palabra “fosforo”, en la parte superior se
leera Republica Dorninicana, impuestos internos.
ARTICULO 2.- La impresion de estas estampillas se hara con el mismo
tamaiio y diseiio de las emisiones anteriores.
ARTICULO 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas, a1 Tesorero
Nacional, a1 Instituto Postal Dominican0 y a la Comision Oficial Filatelica, para 10s fines
correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintisiete (27) dias del mes de marzo del aiio
dos mil seis (2006); aiios 163 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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