miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 596-03

que dispone la donación a la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE) de una porción de terreno en el Distrito Nacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 jun de 2003fecha
Otrostipo
G. O. 10219Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 596-03 que dispone la donación a la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE) de una porción de terreno en el Distrito Nacional. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 596-03 CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano es propietario de una porción de terreno de aproximadamente Un Millón Quinientos Setenta Mil Quinientos Setenta y Ocho (1,570,578) metros cuadrados dentro del ámbito de la Parcela No. 122-A-1ª, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional, amparado su derecho de propiedad en el Certificado de Título No. 66-999, expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional. CONSIDERANDO: Que mediante Ley Orgánica No. 4115, de fecha 21 de abril del 1955, fue creada la CORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD, (CDE). CONSIDERANDO: Que es interés de la CORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD (CDE), obtener la titularidad, mediante transferencia por donación de todas la porciones de terrenos donde se encuentran ubicadas las Subestaciones aportadas por la CDE en su proceso de capitalización a las empresas de generación y distribución. CONSIDERANDO: Que la CORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD (CDE), aportó en naturaleza a la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR), la Subestación El Embajador. CONSIDERANDO: Que la Subestación Embajador ocupa una porción de terreno con una extensión superficial de: Dos Mil Novecientos Ochenta y Tres punto Noventa y Siete (2,983.97) metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 122-A-1-a del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional. CONSIDERANDO: Que El Estado Dominicano es garante y mayor responsable de llevar a la culminación exitosa, todo proceso de reforma de la empresa pública, en particular y principal el que se refiere a la CORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD (CDE), por ser ésta un soporte esencial del desarrollo nacional. VISTA la Ley No. 141-97, sobre Reforma de la Empresa Pública, de fecha 24 de junio del año 1997. VISTA la Ley Orgánica de la CORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD (CDE), No. 4115, de fecha 21 de abril del año 1955, modificada por la Ley No. 125-01, de fecha 26 de julio del año 2001. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se dona y transfiere a la CORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD (CDE), una porción de terreno con una extensión superficial de: Dos Mil Novecientos Ochenta y Tres punto Noventa y Siete (2,983.97) metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 122-A-1-a del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional. ARTICULO 2.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales y a la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE), para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona