Texto de la norma
Dec. No. 590-03 que autoriza una impresión de sellos para documentos de tipos RD$2.00, RD$4.00 y RD$20.00.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 590-03
VISTA la Ley No. 2461, de fecha 18 de julio del 1950, sobre Especies Timbradas;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
a) 2,000,000 (dos millones) de sellos del tipo de RD$2.00, numerados del 500001 al 7000000, color sepia, en papel especial engomado con fibras impresas en azul y rojo o autoadhesivo semigloss permanente con fibras impresas en azul y rojo 2003;
b) 2,000,000 (dos millones) de sellos del tipo de RD$4.00, numerados del 6300001 al 8300000, color rojo, en papel especial engomado con fibras impresas en azul y rojo o autoadhesivo semigloss permanente con fibras impresas en azul y rojo 2003; y
c) 1,000,000 (un millón) de sellos del tipo de RD$20.00, numerados del 1500001 al 2500000, color azul cielo en papel especial engomado con fibras impresas en azul y rojo o autoadhesivo semigloss permanente con fibras impresas en azul y rojo 2003;
ARTICULO 2.- La impresión de estos tipos de sellos se harán con el mismo tamaño y diseño de las emisiones anteriores.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.