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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 583-03

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 jun de 2003fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10219Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (14,836 caracteres)
Dec. No. 583-03 que concede el beneficio de la incorporación a varias instituciones sin fines de lucro. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 583-03 VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones: 1.- MISION DE IGLESIAS DE DIOS PENTECOSTALES ESCUELAS LOS GENTILES, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 21 de julio del 2002. 2.- IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL LA LUZ DEL MUNDO, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 12 de agosto del 2002. 3.- IGLESIA CRISTIANA CASA DE DIOS Y PUERTA DEL CIELO, que tiene su domicilio en Santiago de Los Caballeros, provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de febrero del 2002. 4.- CONGREGACION CRISTIANA VIDA NUEVA, que tiene su domicilio en Higüey, provincia La Altagracia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 6 de octubre del 2002. 5.- IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL FUENTE DE VIDA, SANTIDAD Y BAUTIZO EN FUEGO, que tiene su domicilio en Haina, provincia San Cristóbal, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 29 de noviembre del 2002. 6.- IGLESIA HERMANOS UNIDOS EN CRISTO, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 11 de octubre del 2002. 7.- IGLESIA PENTECOSTAL ESTANQUE DE SILOE, que tiene su domicilio en el municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 3 de noviembre del 2002. 8.- ASAMBLEAS PENTECOSTALES JESUS TOCA LAS NACIONES, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 29 de octubre del 2002. 9.- CONCILIO INTERNACIONAL DE LAS IGLESIAS EVANGELICAS MISIONERAS CANAAN DE LA REPUBLICA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 30 de agosto del 2002. 10.- IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL AGUA DEL SANTUARIO, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 19 de septiembre del 2002. 11.- IGLESIA EVANGELICA DEL LIBRO DE LOS HECHOS MISION CRISTIANA EN LA CUMBRE (I.E.L.H.M.I.C.C.), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 24 de febrero del 2002. 12.- IGLESIA PENTECOSTAL JASPE MINISTERIO LA TRIBU ESCOGIDA DE CRISTO, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 4 de enero del 2003. 13.- IGLESIA PENTECOSTAL LUZ DEL MUNDO, que tiene su domicilio en la provincia de Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 26 de enero del 2003. 14.- CONSEJO JUNTAS COMUNITARIAS DE SABANA MULA (COJUSAMU), que tiene su domicilio en el municipio de Bánica, provincia Elías Piña, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 29 de septiembre del 1988 y ratificada mediante Resolución de fecha 20 de diciembre del 2002. 15.- FUNDACION UNIVERSITARIA CATOLICA TECNOLOGICA DE BARAHONA (UCATEBA), que tiene su domicilio en la provincia de Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 21 de junio del 2002. 16.- ASOCIACION PRO-DESARROLLO DE BENERITO, que tiene su domicilio en la sección rural de Benerito, municipio de San Rafael del Yuma, provincia La Altagracia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 24 de enero del 2003. 17.- FUNDACION DR. NICOLAS E. PICHARDO FERNANDEZ, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 17 de diciembre del 2002. 18.- FEDERACION DE PASTORES E IGLESIAS EVANGELICAS DEL SUROESTE (FEPISUROE), que tiene su domicilio en el municipio de Las Matas de Farfán, provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 5 de diciembre del 2002. 19.- PATRONATO DE AYUDA A LOS DIFERENTES CUERPOS DE BOMBEROS DE SANTO DOMINGO SIGLO XXI, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 6 de marzo del 2003. 20.- FEDERACION DE MUJERES MAMA TINGO, que tiene su domicilio en el municipio de El Factor, provincia María Trinidad Sánchez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 22 de septiembre del 2002. 21.- FEDERACION DE AGRICULTORES NUESTRA SEÑORA DE FATIMA, que tiene su domicilio en el municipio de Hondo Valle, provincia Elías Piña, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 24 de noviembre del 2001 y ratificada mediante Resolución de fecha 30 de julio del 2002. 22.- INSTITUTO ACCION NACIONAL DE APOYO AL RECLUSO (ANDAR), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de mayo del 2001 y ratificada mediante Resolución de fecha 10 de octubre del 2002. 23.- FEDERACION DE TRANSPORTISTAS DE LA PROVINCIA DE PUERTO PLATA, que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 16 de febrero del 2003. 24.- FUNDACION PRO-AYUDA A LOS ANCIANOS Y DESVALIDOS DE QUITA SUEÑO DE BAJOS DE HAINA, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 14 de enero del 2003. 25.- ASOCIACION DOMINICANA DE PROPIETARIOS DE CENTROS DE BELLEZA, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 9 de enero del 2003. 26.- ASOCIACION DE PEQUEÑOS PRODUCTORES LAS OVEJAS (ASOCPROVEJAS), que tiene su domicilio en el municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de noviembre del 2002. 27.- ASOCIACION DE AGRICULTORES FRANCIS CAAMAÑO, que tiene su domicilio en el municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 5 de mayo del 1995 y ratificada mediante Resolución de fecha 5 de febrero del 2003. 28.- CENTRO DE AYUDA CRISTIANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 24 de abril del 1995 y ratificada mediante Resolución de fecha 24 de marzo del 2003. 29.- FUNDACION DEMETRIO ALMONTE, que tiene su domicilio en la sección Los Conucos, provincia Montecristi, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de septiembre del 1999 y ratificada mediante Resolución de fecha 30 de marzo del 2003. 30.- SISTEMA INTEGRAL DE EVANGELIZACION (SINE), que tiene su domicilio en Santiago de Los Caballeros, provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27 de marzo del 2003. 31.- FUNDACION CAMPAMENTO BAO, que tiene su domicilio en Santiago de Los Caballeros, provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 4 de marzo del 2003. 32.- FUNDACION ACCION Y DESARROLLO FARFAN (FADEFA), que tiene su domicilio en el municipio de Las Matas de Farfán, provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de agosto del 2001 y ratificada mediante Resolución de fecha 18 de marzo del 2003. 33.- ASOCIACION DE MAQUINEROS DE LA REGION NORTE, que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de febrero del 2003. 34.- FUNDACION CRISTIANA DESTELLO DE LUZ (FCDL), que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D.,cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 26 de marzo del 2003. 35.- FUNDACION METAMORFOSIS, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de diciembre del 2002. 36- ASOCIACION DE BANCAS DE LOTERIA DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO RODRIGUEZ, que tiene su domicilio en la provincia Santiago Rodríguez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 4 de febrero del 2003. 37.- UNION DE MUJERES POR EL DESARROLLO COMUNAL (MUDECO), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 21 de julio del 2002. 38.- LIGA DEPORTIVA NORMA DIAZ, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 30 de abril del 2002 y ratificada mediante Resolución de fecha 24 de marzo del 2003. 39.- JUNTA DE VECINOS 16 DE AGOSTO, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de septiembre del 2002. 40.- JUNTA DE VECINOS RUBEN DARIO (JUVERD), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 21 de enero del 2003. 41.- CENTRO COMUNAL MISIONERA JUANA GREEN, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de enero del 2003. 42.- JUNTA DE VECINOS RESIDENCIAL LOS MEDICOS, que tiene su domicilio en el municipio de Mao, provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27 de enero del 2003. 43.- ASOCIACION AGRICOLA PAZ Y PROGRESO, que tiene su domicilio en el municipio de Mao, provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 24 de noviembre del 2002. 44.- SOCIEDAD DOMINICANA DE LARINGECTOMIZADOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 5 de octubre del 2002. 45.- ASOCIACION NACIONAL DE USUARIOS NO REGULADOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 22 de enero del 2003. 46.- LIGA DE BEISBOL CABRERA, que tiene su domicilio en la provincia de San Pedro de Macorís, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 30 de junio del 2000 y ratificada mediante Resolución de fecha 30 de enero del 2003. 47.- FUNDACION DE AYUDA A NIÑOS POBRES DOMINICANOS (FUNDANIÑOS), que tiene su domicilio en el municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 12 de marzo del 2003. 48.- FUNDACION MUSEO DE ARTE MODERNO, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 11 de julio del 2002. 49.- ASOCIACION AYUDA MUTUA VENGAN A VER, que tiene su domicilio en el municipio de Duvergé, provincia Independencia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 4 de noviembre del 2002. 50.- ASOCIACION DE BANCAS DE LOTERIA DE LA PROVINCIA AZUA, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 4 de febrero del 2003. 51.- ASOCIACION DE AGRICULTORES EL PROGRESO, que tiene su domicilio en el municipio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 19 de noviembre del 2002. 52.- FUNDACION NUEVO MILENIO (ORH+), que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 26 de septiembre del 2002. 53.- MINISTERIO CRISTIANO CUATRO VIENTOS (MICVI), que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 5 de febrero del 2002. 54.- CENTRO REGIONAL SUR DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS PESADOS PARA LAS JUNTAS DE REGANTES, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 24 de octubre del 2002. 55.- FUNDACION VEGA REAL, que tiene su domicilio en la provincia La Vega, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de noviembre del 2002. 56.- FEDERACION ECUESTRE DOMINICANA (F.E.D.), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 30 de julio del 2002. 57.- FUNDACION LEONISTICA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 23 de febrero del 2003. 58.- COORDINADORA DE ORGANIZACIONES BARRIALES DON BOSCO (CODONBOSCO), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 6 de marzo del 2003. ARTICULO 2.- Dichas incorporaciones serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario. ARTICULO 3.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona