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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 497-03

que autoriza a la Comisión de Reforma de la Empresa Pública (CREP), para que conjuntamente con la Secretaría de Estado de Turismo, iniciar los pasos legales, técnicos y administrativos para reactivar las operaciones de vuelo de la Compañía Dominicana de Aviación (CDA)

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 may de 2003fecha
Otrostipo
G. O. 10214Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 497-03 que autoriza a la Comisión de Reforma de la Empresa Pública (CREP), para que conjuntamente con la Secretaría de Estado de Turismo, iniciar los pasos legales, técnicos y administrativos para reactivar las operaciones de vuelo de la Compañía Dominicana de Aviación (CDA). HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 497-03 CONSIDERANDO: Que la Ley General de Reforma de las Empresas Públicas, No. 141-97, del 24 de junio de 1997, en su Artículo 2 ordena la reforma de, entre otras, las empresas que integran la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), entre las cuales se encuentra la Compañía Dominicana de Aviación (CDA); CONSIDERANDO: Que la dirección y conducción de los procesos de reforma de las empresas públicas se encuentra bajo la responsabilidad de la Comisión de Reforma de la Empresa Pública (CREP); CONSIDERANDO: Que el turismo es actualmente uno de los renglones principales en que se sustenta la economía dominicana, y por tanto, la estabilidad del país. CONSIDERANDO: Que los actos terroristas ocurridos en los Estados Unidos de América el 11 de septiembre del año 2001 afectaron sensiblemente el sector turístico dominicano, el cual, en los últimos meses se ha recuperado por los ingentes esfuerzos realizados por la Secretaría de Estado de Turismo; CONSIDERANDO: Que la mayoría de los turistas y dominicanos residentes en [domicilio omitido], que garantice la seguridad del flujo internacional de pasajeros y las metas de desarrollo económico; CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano debe apoyar las iniciativas dominicanas que tiendan a asegurar el fomento del turismo, el crecimiento del comercio exterior, el desarrollo de la economia y el transporte economico permanente de 10s nacionales extranjeros que ingresan y salen del pais; CONSIDERANDO: Que dentro de la politica liberal en materia de transporte aereo puesta en practica por el Estado Dominicano, se requiere la reactivacion de la Linea Bandera Nacional; CONSIDERANDO: Que la Comision de Reforma de la Empresa Publica (CREP) y la Secretaria de Estado de Turismo rindieron un informe a1 Poder Ejecutivo relativo a la Compaiiia Dorninicana de Aviacion (CDA), en la que resaltan la necesidad de que dicha empresa sea puesta en operacion como paso previo a su reforma de acuerdo a la Ley 141-97, en aras de atraer inversionistas privados y de relanzar el turismo; CONSIDERADO: Que el Gobierno Dominicano en su esfuerzo por reformar a la Compaiiia Dorninicana de Aviacion (CDA) y relanzar el turismo ha decidido activar las operaciones de vuelos. CONSIDERANDO: Que el Articulo 2 del Decreto No. 704, de fecha 2 de septiembre del 2002, dispone: “Las empresas que faltan por capitalizar, especificamente, la Compaiiia Dorninicana de Aviacion (CDA), la Fabrica de Vidrios (FAVIDRIO) y la Industria Nacional de Papel (INDUSPAPEL), quedaran bajo la posesion de la Comision de Reforma de la Empresa Publica a 10s fines que establece la Ley No. 141-97”; VISTA la Ley General de Reforma de la Empresa Publica, No. 141-97, de fecha 24 de junio de 1997; VISTO el Decreto No. 141-00, de fecha 2 de septiembre del 2002. VISTO el Decreto No. 704-02, de fecha 2 de septiembre del 2002; VISTO el informe rendido por la Comision de Reforma de la Empresa Publica (CREP) y la Secretaria de Estado de Turismo; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente: D E C R E T 0: ARTICULO UNIC0.- Se autoriza a la Comision de Reforma de la Empresa Publica (CREP), para que conjuntamente con la Secretaria de Estado de Turismo, inicien 10s pasos legales, tecnicos y administrativos para reactivar las operaciones de vuelo de la Compaiiia Dorninicana de Aviacion (CDA), a 10s fines de ponerla en condiciones apropiadas, como paso previo para su reforma de acuerdo a la Ley No. 141-97, del 24 de junio de 1997 y de contribuir con 10s planes de relanzamiento del turismo del Gobierno Dominicano. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de mayo del aiio dos mil tres (2003); aiios 160 de la Independencia y 140 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona