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Decreto

Decreto 496-03

que crea el Instituto Militar de Estudios Superiores y Aeronauticos (IMESA), dependencia de la Fuerza Abea Dominicana

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 may de 2003fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10214Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 496-03 que crea el Instituto Militar de Estudios Superiores y Aeronauticos (IMESA), dependencia de la Fuerza Abea Dominicana. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 496-03 CONSIDERANDO: Que una de las principales prioridades de nuestro gobierno es la institucionalizacihn y profesionalizacihn de las Fuerzas Armadas, con miras que las mismas puedan integrarse cada dia mis a1 desarrollo nacional. CONSIDERANDO: Que la Fuerza Aerea Dominicana a1 igual que las demas instituciones armadas, merece contar con un Instituto Militar de Estudios Superiores y Tecnicos Aeronauticos, donde la oficialidad pueda realizar 10s correspondientes estudios de acuerdo a sus respectivos niveles. CONSIDERANDO: Que en su interes por elevar el nivel profesional y tecnico de sus miembros, la Fuerza Aerea Dominicana, ha organizado varias escuelas, entre ellas de aviacihn, tecnica de aviacihn, de administracihn y contabilidad, de infanteria, de idiomas y para formacihn del personal paramedico del Cuerpo Medico y Sanidad Aerea, que ameritan ser organizada bajo una direccihn institucionalizada que le imprima mayor firmeza a1 cumplimiento de sus respectivas misiones. CONSIDERANDO: Que el Articulo 5 de la Ley Organica de las Fuerzas Armadas, No. 873, del 31 de julio de 1978, establece que la Instruccihn y la Educacihn Militar son obligatorias, continuas y progresivas, desde que se ingresa a las Fuerzas Armadas. CONSIDERANDO: Que tradicionalmente, para la formacihn del personal militar en las diferentes areas tecnicas de la aviacihn y de la aeronautica, el pais ha tenido que invertir considerables sumas de dinero enviandolos a recibir instruccihn a1 exterior, lo que hoy nos permite contar con 10s instructores capacitados en las diferentes areas, para que en el futuro la Republica Dorninicana, cuente con dichos profesionales y tecnicos formados en nuestras escuelas, lo que significara un gran ahorro nacional. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se crea el Instituto Militar de Estudios Superiores y Aeronauticos (IMESA), como una dependencia de la Fuerza Aerea Dorninicana, el cual sera el organism0 rector del que dependerin todas las escuelas militares y tecnicas implementadas y por crearse en dicha institucihn. ARTICULO 2.- La misihn del Instituto Militar de Estudios Superiores y Aeronauticos sera diseiiar el perfil profesional y establecer la estructura educativa para desarrollar el proceso de formacihn, capacitacihn y educacihn militar y aeronautica de 10s miembros de la Fuerza Aerea Dorninicana acorde con la doctrina del empleo del Poder Aereo Nacional, para cumplir con la Misihn que le consagre la Constitucihn de la Republica definida en la Ley Organica de las Fuerzas Armadas. Igualmente, contribuir con la capacitacihn del personal aeronautic0 civil, mediante acuerdos institucionales con la Direccihn General de Aeronautica Civil en aspectos que no Sean de la exclusiva responsabilidad y cobertura de esta ultima institucihn. ARTICULO 3.- El Instituto sera dirigido por un Oficial General de Comando de la Fuerza Aerea Dorninicana, Diplomado del curso de Comando y Estado Mayor y con formacihn en el irea de gestihn aeronautica general, designado por el Poder Ejecutivo. ARTICULO 4.- La Direccihn del Instituto Militar de Estudios Superiores y Aeronauticos (IMESA), debera redactar el reglamento contentivo del regimen academic0 de ese centro de estudios, el cual debera contar con la aprobacihn del Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas. ARTICULO 5.- Enviese a la Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas, para su fie1 cumplimiento. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de mayo del aiio dos mil tres (2003); aiios 160 de la Independencia y 140 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona