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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 470-03

QUE ASIGNA SENDAS PENSIONES DEL ESTADO DOMINICANO A VARIOS SERVIDORES PUBLICOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 may de 2003fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10212Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (12,797 caracteres)
Dec. No. 470-03 que asigna sendas pensiones del Estado Dominican0 a varios senidores publicos. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 470-03 VISTA la Ley No. 379, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica Dominicana, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$4,198.00) mensuales, a favor de la seiiora ISABEL MARIA IDELFONSO ALVAREZ. ARTICULO 2.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$4,198.00) mensuales, a favor de la seiiora MARCIANA ALTAGRACIA RODRIGUEZ. ARTICULO 3.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor del seiior FRANCISCO GUTIERREZ. ARTICULO 4.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora GLADIS AMPARA MELO. ARTICULO 5.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Ocho Mil Ochocientos Noventa Pesos con 00/100 (RD$8,890.00) mensuales, a favor del doctor RAFAEL BIENVENIDO VILLALONA. ARTICULO 6.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Siete Pesos con 00/100 (RD$2,857.00) mensuales, a favor de la seiiora JOSEFINA DE LA CRUZ. ARTICULO 7.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Setecientos Veinte Pesos con 00/100 (RD$12,720.00) mensuales, a favor de la doctora JOSEFINA LAZALA BOBADILLA. ARTICULO 8.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dieciocho Mil Doscientos Treinta y Dos Pesos con 00/100 (RD$18,232.00) mensuales, a favor de la doctora MAURA ESTELA SANTANA. ARTICULO 9.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$4,198.00) mensuales, a favor de la seiiora DILCIA MARIA ENCARNACION. ARTICULO 10.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Doscientos Sesenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$3,265.00) mensuales, a favor de la seiiora ANDREA AVELINA MERCEDES. ARTICULO 11.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora MILAGROS OBISPO. ARTICULO 12.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,448.00) mensuales, a favor del seiior AQUILINO DE LOS SANTOS. ARTICULO 13.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora RAMONA ANTONIA NUREZ ROSARIO. ARTICULO 14.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,448.00) mensuales, a favor de la seiiora ANA DEL CARMEN OVALLE. ARTICULO 15.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora PAULINA GRULLON REYES. ARTICULO 16.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$4,452.00) mensuales, a favor del seiior SERGIO ANTONIO MARRERO PAEZ. ARTICULO 17.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Seis Pesos con 00/100 (RD$2,856.00) mensuales, a favor de la seiiora CRISTINA DEL ROSARIO SANCHEZ. ARTICULO 18.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Quince Mil Novecientos Cincuenta y Tres Pesos con 00/100 (RD$15,953.00) mensuales, a favor del seiior JOSE DEL CARMEN MARIA FLORENTINO. ARTICULO 19.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Nueve Mil Trescientos Veinte y Ocho Pesos con 00/100 (RD$9,328.00) mensuales, a favor de la seiiora CLARA DIVINA GONZALEZ OZUNA. ARTICULO 20.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Ochocientos Noventa y Cinco Pesos con 00/100 (RD$3,895.00) mensuales, a favor del seiior MARIO SERGIO CASTILLO CASTILLO. ARTICULO 21.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,448.00) mensuales, a favor del seiior JOSE DOLORES MENA MOLINA. ARTICULO 22.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Diecinueve Mil Ochenta Pesos con 00/100 (RD$19,080.00) mensuales, a favor del seiior JOSE NG ARIAS. ARTICULO 23.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Siete Pesos con 00/100 (RD$2,857.00) mensuales, a favor de la seiiora FLORA NOESI. ARTICULO 24.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,448.00) mensuales, a favor de la seiiora AIDA MARIA BEATO. ARTICULO 25.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Siete Pesos con 00/100 (RD$2,857.00) mensuales, a favor de la seiiora EVA PILAR SANTANA. ARTICULO 26.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$4,452.00) mensuales, a favor del seiior GENARO ANTONIO REYNOSO FERNANDEZ. ARTICULO 27.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Ochocientos Noventa y Cinco Pesos con 00/100 (RD$3,895.00) mensuales, a favor de la seiiora JUANA GERTRUDIS SUAREZ DISLA. ARTICULO 28.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora AIDA CIPRIAN BUENO. ARTICULO 29.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Veinte Mil Setecientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$20,780.00) mensuales, a favor del doctor JUAN FRANCISCO CASTILLO BELTRE. ARTICULO 30.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ochocientos Veintitres Pesos con 00/100 (RD$4,823.00) mensuales, a favor del seiior JULIAN JIMENEZ. ARTICULO 31.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora CELESTINA DE AZA DE LOS SANTOS. ARTICULO 32.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Doscientos Sesenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$3,265.00) mensuales, a favor de la seiiora JESUS MANUEL GONZALEZ SALAZAR. ARTICULO 33.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Seiscientos Setenta y Tres Pesos con 00/100 (RD$3,673.00) mensuales, a favor de la seiiora ELENA OLIVA DE MARRANZINI. ARTICULO 34.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Seiscientos Sesenta y Cuatro Pesos con 00/100 (RD$4,664.00) mensuales, a favor del seiior JUAN THOMAS BAUTISTA. ARTICULO 35.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Noventa y Siete Pesos con 00/100 (RD$4,197.00) mensuales, a favor de la seiiora CIPRIANA MORENO MORENO. ARTICULO 36.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,449.00) mensuales, a favor de la seiiora MIGUELINA VARGAS SOSA. ARTICULO 37.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Noventa y Siete Pesos con 00/100 (RD$4,197.00) mensuales, a favor de la seiiora EDITH D I M MENA. ARTICULO 38.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ochenta y Un Pesos con 00/100 (RD$2,081.00) mensuales, a favor del seiior LORENZO LUG0 JEREZ. ARTICULO 39.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Siete Pesos con 00/100 (RD$2,857.00) mensuales, a favor del seiior SALVADOR MENDEZ MEDINA. ARTICULO 40.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ochenta y Un Pesos con 00/100 (RD$2,081.00) mensuales, a favor del seiior ELPIDIO PERA AMPARO. ARTICULO 41.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Doscientos Sesenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$3,265.00) mensuales, a favor de la seiiora GISELA ANTONIA MERCEDES. ARTICULO 42.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$4,452.00) mensuales, a favor del seiior VINIC10 FERNANDEZ. ARTICULO 43.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Quince Mil Doscientos Sesenta y Cuatro Pesos con 00/100 (RD$15,264.00) mensuales, a favor de la seiiora KENIA M. HOWLEY DE LOS ANGELES. ARTICULO 44.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Setecientos Veinte Pesos con 00/100 (RD$12,720.00) mensuales, a favor del seiior NEY ALCIDES DE LA ROSA CORNIELLE. ARTICULO 45.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,449.00) mensuales, a favor del seiior MARCOS CECIL10 ARIAS. ARTICULO 46.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,449.00) mensuales, a favor de la seiiora ANA HILDA MARTINEZ REYNOSO. ARTICULO 47.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora ROSARIO GIRON RODRIGUEZ. ARTICULO 48.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,449.00) mensuales, a favor de la seiiora GERMANIA RAMIREZ. ARTICULO 49.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dieciocho Doscientos Treinta y Dos Pesos con 00/100 (RD$18,232.00) mensuales, a favor de la seiiora ESPERANZA CARIDAD ACOSTA NUREZ. ARTICULO 50.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora GLORIA M. GUILAMO FIGUEROA. ARTICULO 51.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora AMANTINA IRENE CABRERA. ARTICULO 52.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$4,198.00) mensuales, a favor de la seiiora GLORIA ADAMES SANCHEZ. ARTICULO 53.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora ESPERANZA MARTINEZ. ARTICULO 54.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Veinte Mil Novecientos Pesos con 00/100 (RD$20,900.00) mensuales, a favor de la seiiora LIDUVINA CORNELIO HERNANDEZ. ARTICULO 55.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$4,452.00) mensuales, a favor del seiior RAFAEL CRUZ PERA. ARTICULO 56.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$2,798.00) mensuales, a favor de la seiiora ROSA DELIA RODRIGUEZ. ARTICULO 57.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$4,452.00) mensuales, a favor del seiior HECTOR BIENVENIDO ABREU. ARTICULO 58.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$4,452.00) mensuales, a favor del seiior JOSE AYALA REGALADO. ARTICULO 59.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Noventa y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,099.00) mensuales, a favor de la seiiora VICTORIA ADAMES AQUINO. ARTICULO 60.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Noventa y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,099.00) mensuales, a favor del seiior ZACARIAS FERMIN. ARTICULO 61.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$4,452.00) mensuales, a favor del seiior RICARDO ANTONIO MATE0 FERRERA. ARTICULO 62.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$4,198.00) mensuales, a favor de la seiiora BLANCA GUERRERO VILLEGAS. ARTICULO 63.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$4,198.00) mensuales, a favor de la seiiora RUTH RAQUEL FELIZ PEREZ. ARTICULO 64.- Se asigna una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Noventa y Ocho Pesos con 00/100 (RD$4,198.00) mensuales, a favor del seiior MIGUEL ANGEL SILIE JIMENEZ. ARTICULO 65.- Se asigna una pension del Estado Dominican0 de Dos Mil Setecientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$2,780.00) mensuales, a favor del seiior JUAN H. RODRIGUEZ SOSA. ARTICULO 66.- Dichas pensiones serin pagadas con cargo a1 Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos. ARTICULO 67.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas, para 10s fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s nueve (9) dias del mes de mayo del aiio dos mil tres (2003); aiios 160 de la Independencia y 140 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona