Texto de la norma
Dec. No. 427-03 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO : 427-03
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley.
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTICULO 1.- El señor Lupe Rodríguez Amparo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ixael Domingo Rodríguez Amparo.
ARTICULO 2.- La señora Gladis Hernández Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gladys Alicia Hernández Rodríguez.
ARTICULO 3.- El señor Evelyn Rodriguez Encarnación, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Evel Rodríguez Encarnación.
ARTICULO 4.- La señora Natividad Ortega de la Cruz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Matilde Ortega de la Cruz.
ARTICULO 5.-La señora Lidia Margarita Brito Del Orbe, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Liliam Margarita Brito Del Orbe.
ARTICULO 6.- La señora Sonsire Eleonor Vargas Pantaleón, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Sonsire Vargas Pantaleón.
ARTICULO 7.- La señora Dolores Altagracia Fernández Guzmán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Quenia Altagracia Fernández Guzmán.
ARTICULO 8.- El señor Gumersindo Paulino Castillo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ruddy Paulino Castillo.
ARTICULO 9.- El señor Potolo Jacinto Martínez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jacinto Martínez.
ARTICULO 10.- La señora Rosa Petronila García Morales, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa Cantalicia García Morales.
ARTICULO 11.- El señor Vicente Dotel Pérez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Eurides Jorge Dotel Pérez.
ARTICULO 12.- El señor Modelio Alcangel, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Modesto Alcangel.
ARTICULO 13.- La señora Secundina De los Santos Solís, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Adelina De los Santos Solís.
ARTICULO 14.- La señora Marlen Sobest Rey Donato, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Marlen Sobieski Rey Donato.
ARTICULO 15.- La señora Herótica Vizcaíno García, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Santa Herótica Vizcaíno García.
ARTICULO 16.- El señor Adolfo Grullón, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Rodolfo Grullón.
ARTICULO 17.- La señora Dominga Contreras Peñaló, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dominga Antonia Contreras Peñaló.
ARTICULO 18.- Los padres del menor José Joaquín Balaguer Grullón, quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hijo por el de Joaquín José Balaguer Grullón.
ARTICULO 19.- El señor Alcides Bruno Grullón, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Eleen Alcides Bruno Grullón.
ARTICULO 20.- Los padres de la menor Ramona Mercedes Alcántara Díaz, quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hija por el de Rianna Mercedes Alcántara Díaz.
ARTICULO 21.- El señor Pedro Sosa Pimentel, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Roberto Sosa Pimentel.
ARTICULO 22.- La señora Justina Martínez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dalila Martínez.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de mayo del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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