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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 425-06

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 sept de 2006fecha
Otrostipo
G. O. 10387Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 425-06 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 425-06 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambio de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a la solicitud formulada en tal sentido por los interesados; CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley; VISTOS: Los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1: La señora Felicia Melo Lappots queda autorizada a cambiar su nombre por el de Antonia Melo Lappots. Artículo 2: Los padres del menor Italo Rafael Russo De León quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hijo por el de Italo Rafael Junior Russo De León. Artículo 3: La madre del menor Francisco Antonio Jiménez García queda autorizada a cambiarle el nombre a su hijo por el de Ronald Darío Jiménez García. Artículo 4: La señora Ana Silveria Rodríguez Ceballo queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Silvia Rodríguez Ceballo. Artículo 5: El señor Ono Cosi Soguz queda autorizado a cambiar su nombre por el de Boni Cosi Soguz. Artículo 6: El señor Heriberto Santana Sánchez queda autorizado a cambiar su nombre por el de Heriberto Roque Santana Sánchez. Artículo 7: Los padres del menor Pantolín Armando De Castro Montes De Oca quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hijo por el de Armando De Castro Montes De Oca. Artículo 8: Los padres de la menor Betty Rissel Benoit Estévez quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hija por el de Betty Benoit Estévez. Artículo 9: El señor Obispo Confesor Encarnación Marte queda autorizado a cambiar su nombre por el de Obispo Encarnación Marte. Artículo 10: El señor Alejandro Rosario queda autorizado a cambiar su nombre por el de Leandro David Rosario. Artículo 11: La señora Virginia Santos Morillo queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosita Santos Morillo. Artículo 12: El señor Delfín María Guzmán queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Delfín Guzmán. Artículo 13. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes. Dado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil seis (2006), año 163 de la Independencia y 143 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona