Dec. No. 35-05 que concede franquicia postal por el tkrmino de dos aiios, a la
Fundacion Felicidad para Todos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 35-05
VISTO el Articulo 100 de la Ley No. 40, de Comunicaciones Postales, de
fecha 4 de noviembre de 1963.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se concede, por el termino de dos aiios, Franquicia Postal a
la Fundacion Felicidad para Todos, para el tramite exclusivo de las correspondencias
concernientes a las actividades que desarrolla dicho organismo.
ARTICULO 2.- Enviese a1 Instituto Postal Dominican0 (INPOSDOM), para
10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s treintiun (3 1) dias del mes de enero del aiio dos
mil cinco (2005); aiios 161 de la Independencia y 142 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona