Dec. No. 826-02 que integra el Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la provincia Hato Mayor.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 826-02
VISTO el Artículo 2 de la Ley No. 77-02, de fecha 19 de julio del 2002, que declara la Provincia de Hato Mayor como Provincia Ecoturística.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- El Consejo de Desarrollo Ecoturístico estará integrado de la manera siguiente:
PRESIDENTE
El Senador de la Provincia Juan A. Morales
MIEMBROS
La Gobernadora Provincial Sención Bahirma Morales
Diputado Provincial Pedro Augusto Evangelista Monegro
Representante de la Marina de Guerra Capitán de Navío Luciano Encarnación Brito
Representante de los Síndicos Abelardo Pérez
Representante de Turismo José Sánchez Reyna
Representante de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales Héctor Bidó.
Representante del Colegio Dominicano de Ingenieros y Arquitectos (CODIA), Vanesa Vélez.
Representante de los Proyectos Turísticos, Alcibíades Severino.
Representante de los Grupos Económicos, Nicolás Casasnovas.
Representante de las Iglesias, Padre Maximiliano Matos Sánchez.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil dos (2002); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona