Texto de la norma
Dec. No. 752-02 que crea e integra la Comisión Técnica de Reforma y Adecuación de la Ley No.14-94.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 752-02
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Dominicano, mediante la promulgación del Decreto No. 476-01, inició el proceso de adecuación de la legislación dominicana, con el objetivo de lograr la integración efectiva del Sistema de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, a fin de que las instituciones de carácter administrativo y jurisdiccional responsables, ejecuten procedimientos operativos que respondan tanto en su organización como funcionamiento, a los lineamientos de la Convención de los Derechos del Niño.
CONSIDERANDO: Que terminada la primera etapa de elaboración y consolidación de las propuestas de las diversas instituciones que conforman dicha Comisión Técnica, se hace pertinente en una segunda etapa promover y concertar el anteproyecto entre las fuerzas sociales y políticas representativas que intervienen en este proceso de reforma, a la vez de proyectarlo, canalizarlo y dinamizarlo ante las instancias legislativas, lo que exige que todas aquellas entidades integradas a este proceso lo agilicen y se articulen coherentemente.
CONSIDERANDO: Que es de alta prioridad para toda la nación garantizar la protección absoluta y el respeto de todos los derechos relativos a la identidad, la vida, la salud, la educación, la cultura, la alimentación, el deporte, recreación y tiempo libre, a fin de que todos los Niños, Niñas y Adolescentes de la República Dominicana tengan garantizada su dignidad, su libertad, la convivencia familiar y comunitaria en un corto término.
VISTA la Constitución de la República.
VISTA la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.
VISTA la Ley No. 14-94 sobre la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y su Reglamento de Aplicación.
VISTA la Ley No. 24-97, sobre Violencia Intrafamiliar que modifica el Código Penal.
VISTO el Decreto No. 523, del año 1978, que crea el Consejo Nacional de la Niñez.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- La Comisión Técnica de Reforma y Adecuación de la Ley No. 14-94 conformada por los expertos del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, queda encargada de dinamizar las acciones tendentes a la promoción y concertación con las diversas instituciones sociales y políticas del país y consensuar su
apoyo a la nueva legislación propuesta, dicha Comisión estará integrada de la siguiente manera:
● La Presidenta del Consejo Nacional para la Niñez
● La Dirección Técnica Ejecutiva del Organismo Rector del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
● El Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social
● El Secretario de Estado de Trabajo
● La Secretaria de Estado de Educación
● La Secretaria de Estado de la Mujer
● El Secretario de Estado de Cultura
● El Procurador General de la Republica
● El Comisionado de Apoyo para la Reforma y Modernización de la Justicia
ARTICULO 2.- La señora Isabel Mejía de Grullón, Presidenta del Consejo Nacional para la Niñez, queda designada Coordinadora de esta Comisión.
ARTICULO 3.- Se otorga un plazo de 45 días para que los miembros de dicha Comisión realicen las labores de promoción, concertación y elaboración definitiva, a los fines de presentar el anteproyecto al Poder Ejecutivo y posteriormente al Congreso Nacional.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año dos mil dos (2002); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA