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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 752-02

QUE CREA E INTEGRA LA COMISION TECNICA DE REFORMA Y ADECUACION DE LA LEY N° 14-94

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 sept de 2002fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10173Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Isabel Mejía de GrullónDesignaciónCoordinadora de esta Comisión

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Isabel Mejía de Grullón · Coordinadora de esta Comisión

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 20 oct de 2002. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 3 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 752-02 que crea e integra la Comisión Técnica de Reforma y Adecuación de la Ley No.14-94. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 752-02 CONSIDERANDO: Que el Gobierno Dominicano, mediante la promulgación del Decreto No. 476-01, inició el proceso de adecuación de la legislación dominicana, con el objetivo de lograr la integración efectiva del Sistema de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, a fin de que las instituciones de carácter administrativo y jurisdiccional responsables, ejecuten procedimientos operativos que respondan tanto en su organización como funcionamiento, a los lineamientos de la Convención de los Derechos del Niño. CONSIDERANDO: Que terminada la primera etapa de elaboración y consolidación de las propuestas de las diversas instituciones que conforman dicha Comisión Técnica, se hace pertinente en una segunda etapa promover y concertar el anteproyecto entre las fuerzas sociales y políticas representativas que intervienen en este proceso de reforma, a la vez de proyectarlo, canalizarlo y dinamizarlo ante las instancias legislativas, lo que exige que todas aquellas entidades integradas a este proceso lo agilicen y se articulen coherentemente. CONSIDERANDO: Que es de alta prioridad para toda la nación garantizar la protección absoluta y el respeto de todos los derechos relativos a la identidad, la vida, la salud, la educación, la cultura, la alimentación, el deporte, recreación y tiempo libre, a fin de que todos los Niños, Niñas y Adolescentes de la República Dominicana tengan garantizada su dignidad, su libertad, la convivencia familiar y comunitaria en un corto término. VISTA la Constitución de la República. VISTA la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. VISTA la Ley No. 14-94 sobre la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y su Reglamento de Aplicación. VISTA la Ley No. 24-97, sobre Violencia Intrafamiliar que modifica el Código Penal. VISTO el Decreto No. 523, del año 1978, que crea el Consejo Nacional de la Niñez. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- La Comisión Técnica de Reforma y Adecuación de la Ley No. 14-94 conformada por los expertos del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, queda encargada de dinamizar las acciones tendentes a la promoción y concertación con las diversas instituciones sociales y políticas del país y consensuar su apoyo a la nueva legislación propuesta, dicha Comisión estará integrada de la siguiente manera: ● La Presidenta del Consejo Nacional para la Niñez ● La Dirección Técnica Ejecutiva del Organismo Rector del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ● El Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social ● El Secretario de Estado de Trabajo ● La Secretaria de Estado de Educación ● La Secretaria de Estado de la Mujer ● El Secretario de Estado de Cultura ● El Procurador General de la Republica ● El Comisionado de Apoyo para la Reforma y Modernización de la Justicia ARTICULO 2.- La señora Isabel Mejía de Grullón, Presidenta del Consejo Nacional para la Niñez, queda designada Coordinadora de esta Comisión. ARTICULO 3.- Se otorga un plazo de 45 días para que los miembros de dicha Comisión realicen las labores de promoción, concertación y elaboración definitiva, a los fines de presentar el anteproyecto al Poder Ejecutivo y posteriormente al Congreso Nacional. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año dos mil dos (2002); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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