Texto de la norma
Dec. No. 466-06 que crea una comisión encargada de realizar eventos en el país con los presidentes de las principales empresas a nivel mundial de los subsectores de zonas francas, con el objetivo de atraer nuevas inversiones y fomentar la expansión de las existentes.
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 466-06
CONSIDERANDO: Que al Estado dominicano le corresponde fomentar el acrecentamiento del proceso de consolidación y crecimiento de los sectores productivos, en aras de que el país pueda ser más competitivo y de esa forma atraer mayores inversiones directas de capitales extranjeros y cumplir con el objetivo de viabilizar el relanzamiento del modelo de zonas francas;
CONSIDERANDO: Que es una política de Estado, en la República Dominicana, la promoción del país como una marca de comercio, con el objetivo de atraer nuevas inversiones y fomentar la expansión de las existentes;
CONSIDERANDO: Que se hace necesario, a los fines de este decreto, integrar a todos los sectores productivos que participan en la creación de riquezas para exportación y consumo interno, a fin de que el Poder Ejecutivo pueda incluir dentro de sus planes de promoción las recomendaciones necesarias, en interés de acrecentar las inversiones extranjeras en el país;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1. Se crea una Comisión integrada por el Consejo Nacional de Zonas Francas, quien la presidirá, el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana, el Consejo Nacional de Competitividad y la Asociación Dominicana de Zonas Francas, para la realización de eventos, en el país, con los presidentes de las principales empresas a nivel mundial de los subsectores de zonas francas, con el objetivo de atraer nuevas inversiones y fomentar la expansión de las existentes.
ARTICULO 2. Se encarga la ejecución del presente decreto al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, que deberá establecer los mecanismos y los criterios para la celebración de las reuniones.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de octubre de dos mil seis (2006); años 163 de la Independencia y 144 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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