Texto de la norma
Dec. No. 445-06 que transfiere a la Secretaria de Estado de Cultura, la
adrninistracion, mantenimiento, proteccion y consewacion del Monumento a 10s
Hkroes de la Restauracion, de la ciudad de Santiago de 10s Caballeros.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 445-06
CONSIDERANDO: Que el Articulo 101 de la Constitucion de la Republica establece “que
toda la riqueza artistica e historica del pais, sea quien fuere su dueiio, formara parte del
patrimonio cultural de la Nacion y estara bajo la salvaguarda del Estado”.
CONSIDERANDO: Que es de alto interes para el gobierno central, la incorporacion de
aquellos bienes, valores y simbolos culturales tangibles e inmuebles, que poseen un
especial valor artistico, historico, cultural y arquitectonico para la nacion dominicana, a la
adrninistracion y supervigilancia del Estado, a traves de la Secretaria de Estado de Cultura,
encargada de salvaguardar, proteger y divulgar la existencia de 10s simbolos mas
emblematicos y representativos de la historia patria de la nacion, considerados ademas,
como patrimonios culturales de la misma
CONSIDERANDO: Que la nueva politica cultural demanda la insercion, el rescate,
proteccion y adecentamiento de todos aquellos monumentos y patrimonios culturales que se
encuentren en manos no estatales o bajo la supervigilancia gubernamental inadecuada,
reconocidos como parte del acervo cultural del Estado dominicano, por su alegorica riqueza
historica.
CONSIDERANDO: Que despues de las incansables y valiosas luchas epicas que
culminaron con la Restauracion de la Republica, se ha destinado un Monumento de
reconocimiento y glorificacion en honor a 10s Heroes que participaron en dicha gesta
patriotica, con el nombre actualmente de “Plaza de 10s Heroes de la Restauracion de la
Republica”, ubicada en la Provincia y Ciudad de Santiago de 10s Caballeros.
CONSIDERANDO: Que en la actualidad y a traves de diferentes instrumentos juridicos,
se ha conferido una compleja distribucion de la adrninistracion de dicho Monumento, a
varias instituciones del Estado, siendo la Secretaria de Estado de Cultura la que posee la
prerrogativa letal para ostentar esa facultad.
CONSIDERANDO: Que la Secretaria de Estado de Cultura ha recomendado a1 Estado
dominicano la incorporacion del referido inmueble, cumpliendo asi con 10s principios
constitucionales y de esa manera mantener la consecucion de la politica cultural en materia
de patrimonios culturales tangibles.
VISTA: La Constitucion de la Republica Dominicana en su Articulo 101.
VISTA: La Ley No. 41-00, de fecha 28 de junio del 2000, que crea la Secretaria de Estado
de Cultura.
VISTA: La Ley No. 5724, del 29 de diciembre del 1961, que otorga el nombre de
Monumento a 10s Heroes de la Restauracion.
VISTO: El Decreto No.3-87, del 15 de enero del 1987, que declara de urgencia la
reparacion y remodelacion del Monumento a 10s Heroes de la Restauracion.
VISTO: El Decreto No.24-91, del 31 de enero del 1991, que pone bajo responsabilidad de
la .Direction General de Parques, 10s Jardines del Monumento a 10s Heroes de la
Restauracion.
VISTO: El Decreto No.273-96, del 31 de julio del 1996, que designa con el nombre de
“Plaza de 10s Heroes de la Restauracion de la Republica” el area que rodea el Centro de
Comercio y Convenciones del Caribe, de la Ciudad de Santiago.
VISTO: El Decreto No. 174-97, del 15 de abril del 1997, que encarga a la Gobernacion
Provincial de Santiago, del cuidado, mantenimiento y preservacion del Monumento a 10s
Heroes de la Restauracion de la Republica.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la
Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1. Se transfiere a la Secretaria de Estado de Cultura, la adrninistracion,
mantenimiento, proteccion y conservacion del Monumento a 10s Heroes de la Restauracion.
ARTICULO 2. Se ordena a la Secretaria de Estado de Cultura la ejecucion del presente
Decreto, asi como tomar las previsiones necesarias para la proteccion, conservacion y
divulgacion de su existencia.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s tres (3) dias del mes de octubre del aiio dos mil seis (2006); aiios 163 de
la Independencia y 143 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.