Texto de la norma
Dec. No. 512-06 que concede naturalización dominicana a varias personas, y provisionalmente a menores de edad.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 512-06
VISTAS: Las instancias Nos. 3435, 6081, 6082, 6083, 6084, 6085, 6086, 6087, 6088, 6264, 6313, 6314, 6315, y 6316, de fechas 22 y 14, 21, 25 de mayo y septiembre del 2006; 6451, 6452, 6453, 6454, 6455, 6456, y 6450, de fecha 27 de septiembre de 2006, respectivamente, que, por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo, las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto;
VISTA: La Ley No.1683, del 16 de abril del 1948, sobre Naturalización, y sus modificaciones;
Y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las personas que se indican a continuación:
1. Al señor Wi Sang Joa, de nacionalidad china.
2. A la señora Fung Gin Ng de Joa, de nacionalidad china.
3. Al señor Huode Liang, de nacionalidad china.
4. Al señor Daren Wayne Clayton, de nacionalidad norteamericana.
5. Al señor Pul Tung Ng, de nacionalidad china.
6. A la señora Hui Ning Cen, de nacionalidad china.
7. Al señor Teh-Shan Li, de nacionalidad china.
8. A la señora Josefa Ng de Joa, de nacionalidad china.
9. A la señorita Chia-E Wu, de nacionalidad china.
10. A la señora Zaolan Liang, de nacionalidad china.
11. A la señora Diane Marie Solange Pellerín, de nacionalidad canadiense.
12. Al señor Juan Miguel Miranda Ramírez, de nacionalidad cubana.
13. Al señor Luís Alberto González Ruisanchez, de nacionalidad cubana.
14. Al señor Fernando Joseph, de nacionalidad haitiana.
15. Al señor Chih-Tsai Chiang, de nacionalidad china.
16. Al señor Félix Infante Fajardo, de nacionalidad cubana.
Artículo 2. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana provisional a los menores que se indica a continuación:
1. Al menor Samuel Denis Pellerín Hurtado, de nacionalidad canadiense.
2. Al menor Fredy Humberto Figueroa Abud, de nacionalidad argentina.
3. Al menor Danny Ruiz Reyes, de nacionalidad venezolana.
4. A la menor Dariana Elizabeth Ruiz Reyes, de nacionalidad venezolana.
5. A la menor Keila Danasil Ruiz Reyes, de nacionalidad dominicana.
6. Al menor Rico Camell Gómez Tejada, de nacionalidad norteamericana.
7. Al menor Yael Antonio León Estévez, de nacionalidad norteamericana.
8. Al menor Gabriel David André Silvestre, de nacionalidad francesa.
9. Al menor Alfredo De Jesús Pórtela Belliard, de nacionalidad mexicana.
Artículo 3. Se modifica el numeral 2 del Artículo 2, del Decreto No.237-06 del 2 de junio de 2006, en lo que respecta al menor Konstantinos Stoforopoulou, de nacionalidad griega, para que en lo adelante su nombre se lea de la siguiente manera: Konstantinos Stoforopoulos, de nacionalidad griega.
Artículo 4. Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento ante dicho funcionario, de fidelidad a la República Dominicana.
Artículo 5. Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil seis (2006), años 163 de la Independencia y 144 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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