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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 531-06

que autoriza al Consejo Estatal del Azúcar a transferir 450,000 metros cuadrados de terrenos en Boca Chica, Provincia Santo Domingo, en favor de la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para ser destinados a construir las instalaciones de la Base Naval 27 de Febrero, la Academia Naval, la Jefatura de Estado Mayor y demás instalaciones de la Marina de Guerra

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 nov de 2006fecha
Otrostipo
G. O. 10391Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 531-06 que autoriza al Consejo Estatal del Azúcar a transferir 450,000 metros cuadrados de terrenos en Boca Chica, Provincia Santo Domingo, en favor de la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para ser destinados a construir las instalaciones de la Base Naval 27 de Febrero, la Academia Naval, la Jefatura de Estado Mayor y demás instalaciones de la Marina de Guerra. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 531-06 CONSIDERANDO: Que es de alto interés nacional promover y desarrollar el comercio exterior de la República Dominicana y el turismo de la ciudad de Santo Domingo, así como generar nuevas fuentes de empleo en el país; CONSIDERANDO: Que a estos fines Inversiones Turísticas Sans Souci, S.A. y sus compañías relacionadas desarrollan un Proyecto que incluye un Proyecto Marítimo y un Proyecto Inmobiliario en las márgenes del Río Ozama y el litoral comprendido entre el rompeolas frente al Obelisco y el monumento Fray Antón de Montesinos (en lo adelante el "Proyecto"), y que en dicho litoral será erigida una Marina Deportiva con capacidad aproximada para 500 embarcaciones y un Club Náutico; CONSIDERANDO: Que el Proyecto contribuirá al desarrollo turístico de la ciudad de Santo Domingo y el país en general, creando fuentes de trabajo e incentivando la economía nacional; CONSIDERANDO: Que en fecha tres (3) de junio de 2005, fue suscrito entre Inversiones Turísticas Sans Souci, S.A. y el Estado dominicano un Contrato de Venta de Inmuebles, en virtud del cual el Estado dominicano, vendió, cedió y transfirió a favor de Inversiones Turísticas Sans Souci, S.A. las porciones de terreno propiedad del Estado dominicano dentro de las Parcelas Nos. 199-B-1-A-1, 199-B-1-A-1-A, 200A y 198, para el desarrollo de una parte del Proyecto, a cambio de obras de infraestructura que incluyen la construcción de nuevas instalaciones para la Marina de Guerra (en lo adelante el "Contrato de Venta de Inmuebles"); CONSIDERANDO: Que el Contrato de Compraventa de Inmuebles fue aprobado y publicado en la Gaceta Oficial No. 10351 de fecha dos (2) de enero de 2006; CONSIDERANDO: Que la Marina de Guerra actualmente tiene las instalaciones de la Base Naval 27 de Febrero, donde se encuentra el Estado Mayor de la Marina de Guerra, así como la mayoría de los principales departamentos y oficinas administrativas, dentro de las Parcelas Nos. 198, 199-B-1-A-1 y 199-B-1-A-2, transferidas a Inversiones Turísticas Sans Souci, S.A.; CONSIDERANDO: Que los terrenos a ser utilizados para los fines de la construcción de la nueva Base Naval deben reunir características específicas que son necesarias para el desarrollo de las actividades de la Marina de Guerra; CONSIDERANDO: Que entre los ingenios azucareros que pertenecían al Consejo Estatal del Azúcar, se encuentra el Ingenio Boca Chica cuyos terrenos poseen las características requeridas; VISTA: La Ley Orgánica del Consejo Estatal del Azúcar, No. 7 de fecha diecinueve (19) de agosto de 1966; VISTA: La Ley General de Reforma de la Empresa Pública No. 141-97 de fecha veinticuatro (24) de junio de 1997; VISTO: El Contrato de Compraventa de Inmuebles de fecha tres (3) de junio de 2005 entre el Estado dominicano e Inversiones Turísticas Sans Souci, S.A. fue aprobado por el Congreso Nacional mediante Resolución No.553-05 del 12 de diciembre de 2005; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO: Artículo 1. Se autoriza al Consejo Estatal del Azúcar a transferir el terreno de Cuatrocientos Cincuenta Mil Metros Cuadrados ubicados dentro del ámbito de la Parcela No. 264 (PARTE) del Distrito Catastral No.32, Sección y lugar Los Tanquecitos, del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo, a favor de la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana para los fines de construir las nuevas instalaciones de la Base Naval 27 de Febrero, la Academia Naval, la Jefatura de Estado Mayor, y las demás instalaciones que requiera la Marina de Guerra, en virtud del Contrato de Compraventa de Inmuebles suscrito con Inversiones Turísticas Sans Souci, S.A. Artículo 2. Todos los departamentos oficiales, autoridades gubernamentales y funcionarios públicos prestarán el más amplio apoyo y efectiva colaboración a Inversiones Turísticas Sans Souci, S.A. y/o las compañías que ésta designe y a sus representantes, para el logro de sus objetivos y para el cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente decreto. Artículo 3. Se declara de urgencia el traspaso de dichos terrenos para dar inicio la construcción de las nuevas instalaciones de la Base Naval 27 de Febrero y se ordena el traslado de la Base Naval 27 de Febrero, departamentos y oficinas administrativas a la nueva ubicación inmediatamente sean concluidas las obras de infraestructura; Artículo 4. Envíese a la Dirección Nacional de Bienes Nacionales, al Consejo Estatal del Azúcar y al Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días mes de noviembre del año dos mil seis (2006), año 163 de la Independencia y 144 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona