miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 421-03

QUE DISPONE QUE VARIOS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA CORPORACION DOMINICANA DE EMPRESAS ESTATALES (...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 abr de 2003fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10208Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Antonio de Jesus GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jaime Francisco Nils MedranoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nelson David Matos OrtizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Pozo ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 421-03 VISTA la Ley No. 379, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado; VISTA la Ley No. 141-97, de fecha 24 de junio de 1997, Ley General de Reforma de la Empresa Publica. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica Dorninicana, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se dispone que 10s jubilados y pensionados fijos del Plan de Retiro de Pensiones y Jubilaciones de diferentes empresas que pertenecen a la Corporacion Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), Sean colocados en la nomina de 10s jubilados y pensionados civiles del Estado, para que sus pensiones y jubilaciones Sean pagadas con cargo a1 Fondo de Jubilaciones y Pensiones Civiles del Estado, conforme se describe a continuacion: 1.- ANTONIO DE JESUS GARCIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula], una pension del Estado Dominican0 de Cuatro Mil Setecientos Cuatro Pesos con 00/100 (RD$4,704.00) mensuales; 2.- CESAR ANTONIO TEJEDA GARCIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula], una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Sesenta Pesos con 00/100 (RD$3,060.00) mensuales; 3.- JAIME FRANCISCO NILS MEDRANO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula], una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Cien Pesos con 00/100 (RD$5,100.00) mensuales; 4.- NELSON DAVID MATOS ORTIZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula], una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Setecientos Veinte Pesos con 00/100 (RD$3,720.00) mensuales; 5.- RAFAEL POZO VALDEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula], una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Doscientos Pesos con 00/100 (RD$4,200.00) mensuales; 6.- SUCRE CUESTA SANCHEZ, portador de la Cedula de Identificacihn Personal No. [cédula], una pension del Estado Dominicano de Seis Mil Ochocientos Cuarenta Pesos con 00/100 (RD$6,840.00) mensuales; 7.- NESTOR JULIO PRANDY AQUINO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula], una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Quinientos Ochenta y Nueve Pesos con 60/100 (RD$5,589.60) mensuales; 8.- MARINO VIZCAINO, con una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Sesenta Pesos con 00/100 (RD$3,060.00) mensuales; ARTICULO 2.- Dichas pensiones serin pagadas con cargo a1 Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos. ARTICULO 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas, a1 Consejo Estatal del Azucar (CEA) y la Comision de Reforma de la Empresa Publica (CREP), para su conocimiento y fines procedentes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominican% a 10s treinta (30) dias del mes de abril del aiio dos mil tres (2003); aiios 160 de la Independencia y 140 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona