Texto de la norma
Dec. No. 87-04 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a varias personas, y provisional a menores de edad.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 87-04
VISTAS las instancias tramitadas a través de los oficios de la Secretaría de Estado de Interior y Policía correspondientes a las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril del 1948 y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las personas que se indican a continuación:
1. Terry Albert BRANDT, de nacionalidad norteamericana.
2. Ling SHYUE SU, de nacionalidad taiwanesa.
3. Ruben VARELA JR., de nacionalidad norteamericana.
4. Miao-E HUANG, de nacionalidad taiwanesa.
5. James Richard GURNICK, de nacionalidad norteamericana.
6. Kuo TSAN LU, de nacionalidad taiwanesa.
7. Yedong WU, de nacionalidad china.
8. Omran MIR, de nacionalidad pakistaní.
9. Ayner URRA PEREZ, de nacionalidad cubana.
10. Jin CHAO CHEN, de nacionalidad china.
11. Aylen URRA PEREZ, de nacionalidad cubana.
12. Plamen IVANOV VASSILEVA, de nacionalidad bulgara.
13. Maria PENKOVA VASSILEVA, de nacionalidad bulgara.
14. Nelson David MEDINA MEDINA, de nacionalidad cubana.
15. Ana Lilia JIMENEZ, de nacionalidad cubana.
16. Mariana SOTOLONGO TORRES, de nacionalidad cubana.
17. José Felix GARCIA RODRIGUEZ, nacionalidad cubana.
18. Idania DOMINGUEZ, de nacionalidad cubana.
19. William Victor WALL, de nacionalidad canadiense.
20. Zhiqing CHEN, de nacionalidad china.
21. Kashif ASLAM, de nacionalidad pakistaní.
22. Osvaldo PEREZ CRUZ, de nacionalidad cubana.
23. Jeom Sang RHEEM, de nacionalidad coreana.
24. In Sook CHUNG REM, de nacionalidad coreana.
25. Emelio BLANCO RODRIGUEZ, de nacionalidad cubana.
26. Vilma FERNANDEZ CARRAZANA, de nacionalidad cubana.
ARTICULO 2.- Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana provisional a los menores que se indican a continuación:
Anamarys BLANCO FERNANDEZ, de nacionalidad cubana.
Damían Emelio BLANCO FERNANDEZ, de nacionalidad cubana.
Suzette Aimee GUZMAN MARTINEZ, de nacionalidad norteamericana.
Carmen María PEPEN GARCIA, de nacionalidad española.
Lily-Jade Sasha Liu GERALDINO SUDOUR, de nacionalidad francesa.
Yinett PIÑERO PEREZ, de nacionalidad cubana.
Elso PEREZ SOTOLONGO, de nacionalidad cubana.
Anabel PEREZ SOTOLONGO, de nacionalidad cubana.
ARTICULO 3.- El presente decreto deja sin efecto el numeral 15 del Artículo 1, y los numerales 15 y 16 del Artículo 2, del Decreto No. 1029-03, de fecha 24 de octubre del 2003.
ARTICULO 4.- Los beneficiarios indicados en el Artículo 1 del presente decreto recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario.
ARTICULO 5.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de febrero del año dos mil cuatro (2004); años 160 de la Independencia y 141 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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