Texto de la norma
Dec. No. 66-04 que declara de alto inter& nacional la recuperacion y renovacion del
Centro de 10s Hkroes de Constanza, Maimon y Estero Hondo y crea su Patronato.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 66-04
CONSIDERANDO: Que la Feria de la Paz inaugurada en 1955,
independientemente de las motivaciones que tuvo la dictadura para la realizacihn de ese
proyecto, es el mas importante centro institucional de la Republica Dominicana, y
considerado tambien uno de 10s mas importantes en el Caribe insular y de America.
CONSIDERANDO: Que ha sido declarada por ICOMOS como patrimonio
cultural nacional y que es la sede de instituciones fundamentales del Estado Dominicano,
como lo es el Congreso de la Republica, la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduria
General de la Republica y otras dependencias muy importantes del Poder Ejecutivo, el
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Ayuntamiento del Distrito Nacional, Junta Municipal Electoral y entidades internacionales,
de la sociedad civil y del sector privado.
CONSIDERANDO: Que a pesar de su importancia el Centro de 10s Heroes
de Constanza, Maimon y Estero Hondo ha venido sufriendo connotadas modificaciones en
su diseiio original, per0 ademas se reproducen fenomenos, cuyas raices principales se
encuentran en la marginalidad y la pobreza en que se encuentran grandes contingentes de
nuestra poblacion, per0 que sin duda afectan las caracteristicas del lugar.
CONSIDERANDO: Que entre esos fenomenos se pueden seiialar la
presencia masiva de vendedores ambulantes, lavadores de carros y diferentes formas de
prostitucion, las que unidas a otros problemas fisicos y medio ambientales, como falta de
iluminacion, areas abandonadas, vegetacion descuidada, aceras deterioradas, falta de
armonia entre el conjunto de edificaciones, entre otros problemas, despersonalizan el
Centro de 10s Heroes y lo despojan de sus atributos originales.
CONSIDERANDO: Que las instituciones publicas, privadas y de la
sociedad civil han decidido unificar esfuerzos a favor del rescate de ese importante centro
institucional.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se declara de alto interes nacional la recuperacion y
renovacion del Centro de 10s Heroes de Constanza, Maimon y Estero Hondo.
ARTICULO 2.- Las instituciones de 10s diferentes poderes del Estado y de
la sociedad que funcionan en el Centro de 10s Heroes se comprometen a definir y acometer
todo un conjunto de acciones de corto, mediano y largo plazo para hacer del Centro de 10s
Heroes un conjunto institucional y urban0 que sea orgullo de la ciudad de Santo Domingo y
del pais.
ARTICULO 3.- Igualmente se comprometen a desarrollar con la celeridad
que ameritan 10s tiempos todas las acciones que Sean de lugar para que en el 2005 cuando
se completen 10s 50 aiios de ser inaugurado ese centro institucional esten avanzados 10s
trabajos fundamentales que indiquen con claridad que se ha recuperado la personalidad
urbana del Centro de 10s Heroes de Constanza, Maimon y Estero Hondo para que sea
exhibido con orgullo como un verdadero patrimonio nacional, tal y como lo ha declarado el
ICOMOS.
ARTICULO 4.- Se crea el El Patronato del Centro de 10s Hboes de
Constanza, Maimon y Estero Hondo, como organo encargado del seguimiento y la
aplicacion de 10s acuerdos realizados por las diferentes instituciones y con la encomienda
de dar una proyeccion para el futuro como un referente del patrimonio y monumental de la
Republica Dominicana.
ARTICULO 5.- El Patronato estara conformado por todas las instancias del
Estado Dominican0 que se encuentran dentro de 10s limites del centro institucional, asi
como por organizaciones de la sociedad civil y del sector privado que tambien operan en
dicho perimetro.
ARTICULO 6.- Su funcionamiento se basa en el principio de la
cooperacion y las sinergias interinstitucionales y organizacionales. De manera que su
funcionamiento estara sujeto a1 compromiso de las diferentes instituciones con el
mantenimiento y desarrollo del centro institucional. En ningun cas0 el organismo suplanta
las funciones propias de cada entidad.
ARTICULO 7.- La presidencia de dicho organismo estara a cargo del
Sindico de la Ciudad de Santo Domingo de Guzman, quien designara un Secretario
Ejecutivo del organismo.
ARTICULO 8.- El Patronato contara con una Comision Ejecutiva,
coordinada por el Secretario Ejecutivo, y de la que formaran parte la Corporacion
Dominicana de Empresas Electricas, el Congreso de la Republica, la Suprema Corte de
Justicia, las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, el INDHRI, la Direccion de Gestion
Ambiental del ADN, la Direccion de Patrimonio Monumental, la Fundacion Heroes de
Constanza, Maimon y Estero Hondo y un representante de las instituciones del sector
privado.
ARTICULO 9.- Se instituye la Asamblea del Patronato de la cual participan
las diferentes instituciones mencionadas en el Articulo 5. Dicha asamblea se reunira cada 3
meses y cuando sea necesario convocarla por parte de la presidencia del organismo o por
pedido de las instituciones que forman parte de la misma.
ARTICULO 10.- El Patronato elaborara anualmente un presupuesto que
sera sometido a1 Congreso de la Republica dentro de la Ley de Presupuesto y Gastos
Publicos. Para su funcionamiento durante el aiio 2004 las diferentes instituciones aportaran
10s recursos basicos para su funcionamiento y para emprender las acciones inmediatas.
ARTICULO 11.- El Patronato tambien procurara fondos del sector privado
y de la cooperacion internacional, tanto la bilateral, como la multilateral.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s cuatro (4) dias del mes de febrero del aiio dos
mil cuatro (2004); aiios 160 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.