Texto de la norma
Dec. No. 564-06 que autoriza a varias companias extranjeras a fijar domicilio en la
Republica Dominicana, y modifica 10s Articulos 1 y 4 del Decreto No. 288-06.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 564-06
VISTAS: Las instancias que por via de la Secretaria de Estado de Interior y Policia han
elevado a1 Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte dispositiva
del presente decreto.
VISTO: El Articulo 13 del Codigo Civil de la Republica Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la
Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1. Se autoriza a Union Temporal de Empresas Otrasanu-Ramiresort Proyecto
Cana Bay, sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de Espaiia, con su
domicilio principal en Pontevedra, Avenida de Vigo, No.39, bajo C.P. 36.003, Espaiia, a
fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 2. Se autoriza a Cybenvize. Com, Inc., sociedad comercial organizada de
conformidad con las leyes del Estado de La Florida, Estados Unidos de America, con su
domicilio principal en 8810 Astronaut Boulevar, Suite 124, Port Caiiaveral, Florida 32920,
a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 3. Se autoriza a Jones Lang LaSalle Americas, Inc., sociedad comercial
organizada de conformidad con las leyes del Estado de Maryland, Estados Unidos de
America, con su domicilio principal en 200 East Randolph, Chicago Illinois 60601, a fijar
domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 4. Se autoriza a RD Caribbean Realty, Inc., sociedad comercial organizada de
conformidad con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con su domicilio
principal en Garden Hills Plaza MSC 1353 Carr. 19, Guaynabo, PR00966-2700, a fijar
domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 5. Se autoriza a Los Altos Fase 2 SDAD. Ltda., sociedad comercial organizada
de conformidad con las leyes de la Republica de Panama con su domicilio principal en
Vaccaro & Vaccaro, Calle 50 y Elvira Mendez, Edificio Ejecutivo Panama, Republica de
Panama a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 6. Se autoriza a Englobe AG., sociedad comercial organizada de conformidad con
las leyes del Estado de Suiza, con su domicilio principal en Frauenackerstrasse 8, 9435
Heerbrugg, Widnau, SG., a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 7. Se modifica el Articulo 4 del Decreto 288-06 del 17 de julio de 2006, para que
diga de la manera siguiente: “Se autoriza a la sociedad comercial E-Bcorp Caribe Inc.,
organizada de conformidad con las leyes de la Republica de Panama, con su domicilio
principal en la ciudad de Panama, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.”
Articulo 8. Se modifica el Articulo 1 del Decreto 288-06 del 17 de julio de 2006, para que
diga de la manera siguiente: “Se autoriza a Roundabout Development LTD., sociedad
comercial organizada de conformidad con las leyes de las Islas Virgenes Britanicas, con su
domicilio principal en Sucre & Sucre Trust Limited, Chera Chambers, Road Town, Tortola,
Islas Virgenes Britanicas, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.”
Articulo 9. Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia para 10s fines
correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dominicana, a 10s veintiun (21) dias del mes noviembre del aiio dos mil seis (2006), aiios
163 de la Independencia y 144 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.