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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 104-03

que modifica el Decreto No. 480-00 del 18 de agosto de 2000, para que en lo adelante el Instituto Militar de 10s Derechos Humanos se denomine “Instituto Militar de 10s Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 feb de 2003fecha
Otrostipo
G. O. 10199Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 104-03 que modifica el Decreto No. 480-00 del 18 de agosto de 2000, para que en lo adelante el Instituto Militar de 10s Derechos Humanos se denomine “Instituto Militar de 10s Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 104-03 CONSIDERANDO: Que las convenciones de Ginebra, de fecha 12 de agosto de 1949, y sus protocolos, y de La Haya, de fecha 14 de mayo de 1954, y sus protocolos, de 10s cuales la Republica Dorninicana es parte signataria, imponen a nuestra nacion la necesidad de adoptar cuantas medidas Sean procedentes para difundir esos instrumentos juridicos internacionales, tanto dentro de las Fuerzas Armadas de la Republica como en el sen0 de la poblacion civil, con miras a lograr su cabal cumplimiento; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 480-00, de fecha 18 de agosto del 2000, fue creado el Instituto Militar de 10s Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que el instituto de referencia, ademis de estar desarrollando una importante labor educativa en favor de 10s miembros de las Fuerzas Armadas en procura de la difusion y el respeto a 10s Derechos Humanos, tambien ha estado enfatizando en lo concerniente a1 conocimiento y la asuncion de 10s principios y reglas del Derecho Internacional Humanitario o Derecho Internacional de 10s Conflictos Armados, fundamentalmente debido a que este en gran medida reglamenta aspectos esenciales de 10s primeros; CONSIDERANDO: Que la aludida entidad cuenta con el personal especializado idoneo y el material bibliogrifko necesario para que el pais pueda cumplir con el citado compromiso internacional; CONSIDERANDO: Que la Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas es miembro de la Comision Nacional Permanente para la Aplicacion del Derecho Internacional Humanitario o Derecho Internacional de 10s Conflictos Armados, creada mediante Decreto No. 131-99, de fecha 30 de marzo del aiio 1999; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se modifica el Decreto No. 480-00, de fecha 18 de agosto del 2000, para que en lo adelante el Instituto Militar de 10s Derechos Humanos pase a denominarse “Instituto Militar de 10s Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario”. ARTICULO 2.- El Instituto Militar de 10s Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, en adicion a sus funciones actuales, fungira como organism0 asesor de la Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas en la condicion de esta ultima de miembro de la Comision Nacional Permanente para la Aplicacion del Derecho Internacional Humanitario o Derecho Internacional de 10s Conflictos Armados. ARTICULO 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas, para 10s fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s seis (6) dias del mes de febrero del aiio dos mil tres (2003); aiios 159 de la Independencia y 140 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona