Texto de la norma
Dec. No. 46-03 que designa una comisión para facilitar y asegurar el traspaso al Banco Nacional de la Vivienda, del Departamento de Financiamiento de Proyectos del Banco Central (DEFINPRO).
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 46-03
CONSIDERANDO: Que la Ley No. 183-02, del 21 de noviembre del 2002, prevé la conversión del Banco Nacional de la Vivienda (BNV) en una entidad que se dedicará a la promoción de un mercado secundario de hipotecas y a la colocación y facilitación de recursos para los sectores productivos.
CONSIDERANDO: Que dicha ley también contempla que el Gobierno y el Banco Central de la República Dominicana, a modo de aporte inicial para la consolidación del Banco Nacional de la Vivienda en sus nuevas funciones, le traspasará a éste la cartera de préstamos y demás activos del Departamento de Financiamiento de Proyectos del Banco Central (DEFINRPO) así como otros activos productivos de rentabilidad compensatoria.
CONSIDERANDO: Que, asimismo, la referida ley establece que el traspaso de los activos del Departamento de Financiamiento de Proyectos del Banco Central (DEFINPRO) deberá efectuarse a más tardar dentro de los seis (6) meses de la promulgación de dicha ley y que el traspaso de los demás activos de rentabilidad compensatoria deberá hacerse en un plazo no mayor de dieciocho (18) meses a partir de la entrada en vigor de la misma.
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional tiene interés en asegurar el cumplimiento de las previsiones anteriormente señaladas para poner al Banco Nacional de la Vivienda en condiciones de realizar sus nuevas funciones.
VISTOS los Artículos 74 y 89 de la Ley No. 183-02, del 21 de noviembre del 2002.
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se designa una comisión para facilitar y asegurar el traspaso al Banco Nacional de la Vivienda, en los plazos previstos en la Ley No. 183-02, del 21 de noviembre del 2002, de la cartera de préstamos y demás activos del Departamento de Financiamiento de Proyectos del Banco Central (DEFINPRO), así como de otros activos de rentabilidad compensatoria, la cual estará integrada de la manera siguiente: el Secretario Técnico de la Presidencia, quién la presidirá; el Secretario de Estado de Finanzas; el Gobernador del Banco Central; el Director de la Oficina Nacional de Presupuesto; y el Gerente General del Banco Nacional de la Vivienda.
ARTICULO 2.- Se autoriza a esta Comisión a tomar las medidas que considere pertinentes para cumplir el objetivo de la misma en el plazo previsto.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de enero del año dos mil tres (2003); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.