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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 31-03

QUE MODIFICA LOS DECRETOS N° 66-02, 118-00, 503-02, 14-00, 66-02, 762-86 Y 17-93.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 ene de 2003fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10193Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 31-03 que modifica los Decretos Nos. 66-02, 118-00, 503-02, 14-00, 66-02, 762-86 y 17-93. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 31-03 VISTA la Ley No. 4381, del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577, del 12 de julio de 1961; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se modifica el Artículo 10, del Decreto No. 66-02, de fecha 23 del mes de enero del año 2002, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Moca vender al señor JUAN DE JESUS SANTOS ROSARIO, una porción de terreno de trescientos cincuenta y dos punto cincuenta metros cuadrados (352.50 Mts.2), dentro del solar No. 10 (parte) de la Manzana No. 227, del Distrito Catastral No. 1, del Municipio de Moca, con los siguientes linderos: al Norte: Solar señor Juan A. Méndez; al Este: Calle Fausto Ramírez; al Sur: señor Fernando Pérez Pichardo; al Oeste: Sucesores Caraballo, ubicado en la urbanización Villa Carolina I”. ARTICULO 2.- Se modifica el numeral 1 del Artículo 1, del Decreto No. 118-00, de fecha quince (15) del mes de marzo del año dos mil (2000), para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento de Santiago vender a la señora MARIA CABRERA, una porción de terreno que tiene designación municipal No. 69-B-3-A-4, Manzana Municipal No. 2, localizada dentro del ámbito de la Parcela No. 212 LL, del Distrito Catastral No. 6, del Municipio de Santiago, con un área de doscientos sesenta y ocho punto veinticuatro metros cuadrados (268.24 Mts.2), con los siguientes linderos: al Norte: Solar municipal No. 70-A-3; al Este: Av. Salvador Estrella Sadhalá; al Sur: Solar municipal No. 69-B-3-A-3; al Oeste: Solar Municipal No. 69-B-3-A-7”. ARTICULO 3.- Se modifica el Artículo 5, del Decreto No. 503-02, de fecha 2 del mes de julio del año 2002, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca vender a la señora BERNAARDA GRULLON ACOSTA, una porción de terreno de trescientos sesenta punto veintiséis metros cuadrados (360.26 Mts.2), dentro del solar No. 10 (parte) de la Manzana No. 227, del Distrito Catastral No. 1, del Municipio de Moca, ubicado en la urbanización Villa Carolina I”. ARTICULO 4.- Se modifica el Artículo 1, numeral No. 7, del Decreto No. 014-2000, de fecha 2 del mes de julio del año 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago vender al señor JOSE DOLORES INOA, solar catastral No. 12, Manzana No. 17, del solar catastral No. 129-A, del Distrito Catastral No. 6, del Municipio de Santiago, con una extensión superficial de ciento cincuenta y tres punto cincuenta y dos metros cuadrados (153.52 Mts. 2)”. ARTICULO 5.- Se modifica el Artículo 7, del Decreto No. 66-02, de fecha 23 del mes de enero del año 2002, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Monte Plata vender al señor JOSE MANUEL MATEO CONTRERAS, una porción de terreno ubicada dentro de la Parcela Castatral No. 41, del Distrito Catastral No. 64-B, del Municipio de Monte Plata, con una extensión superficial de cinco punto sesenta y cuatro tareas (5.64 Ts) y con los siguientes linderos: al Norte, resto de la Parcela No. 41; al Sur, resto de la Parcela No. 41; al Oeste, carretera Monte Plata-Sabana Grande”. ARTICULO 6.- Se modifica el Artículo Unico, numeral 3, del Decreto No. 762-86, de fecha 12 del mes de agosto del año 1986, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago vender a la compañía VICTOR TEJADA, S.A., CIBAO T.V. CLUB, una porción de terreno con área de quinientos noventa metros cuadrados (590 Mts.2), ubicado dentro del ámbito de la Parcela No. 213-B-12, del Distrito Catastral No. 6, Municipio de Santiago”. ARTICULO 7.- Se modifica el Artículo 2, del Decreto No. 17-93, de fecha 22 del mes de enero del año 1993, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago donar a favor de la UNIVERSIDAD TECNOLOGIA DE SANTIAGO, una porción de terreno con área de nueve mil ciento cincuenta y uno punto noventa y nueve metros cuadrados (9,151.99 Mts.2), ubicado dentro del ámbito de la Parcela No. 7-C-8-1, del Distrito Catastral No. 8, Municipio de Santiago". ARTICULO 8.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de enero del año dos mil tres (2003); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona