Texto de la norma
Dec. No. 28-03 que autoriza a varias compañías extranjeras a fijar domicilio en República Dominicana.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 28-03
VISTAS las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte dispositiva del presente decreto.
VISTO el Artículo 13 del Código Civil de la República Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se autoriza a la Compañía OLIVER EXTERMINATING DOMINICANA, INC, sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de Estado de Delaware, Estados Unidos de Norteamérica, con su domicilio sito en el 2711
Centerville Road, Suite No. 400, de la ciudad de Wilmington, Condado de New Castle, Delaware 19808, a fijar domicilio en la República Dominicana.
ARTICULO 2.- Se autoriza a la Compañía SRK FIELD SERVICES, LLC., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes del Estado de Nevada, Estados Unidos de Norteamérica, con su domicilio sito en el 5250 Neil Road, Suite No. 300 Reno, Nevada 89502, a fijar domicilio en la República Dominicana.
ARTICULO 3.- Se autoriza a la Compañía FARDEN BUSINESS CORP, sociedad comercial constituida de conformidad con las leyes de las Islas Vírgenes Británicas, con su domicilio sito en Sucre & Sucre Trust & Limited, Apartado 3163, Chera Chambers, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas, a fijar domicilio en la República Dominicana.
ARTICULO 4.- Se autoriza a la Compañía SES AMERICOM, INC., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de Estado de Delaware, Estados Unidos de Norteamérica, con su domicilio sito en el 4 Research Way, Princeton, New Jersey 08540, a fijar domicilio en la República Dominicana.
ARTICULO 5.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía para los fines correspondientes.
Dado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de enero del año dos mil tres (2003); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.