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Dec. No. 199-06 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 199-06
VISTAS la Ley No.4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577 del 12
de julio de 1961
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se modifica el Numeral 18 del Articulo 1 del Decreto No.454-
05, de fecha 19 de agosto del aiio 2004, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza
a1 Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la seiiora Juana
Gomez Tejada de Sinchez el solar municipal No. 11, de la manzana No.4, correspondiente a
una porcion de la parcela catastral No.7-C-8-1 del Distrito Catastral No.8, con un area de
100.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, solar No.12; a1 Este, solar
No.6; a1 Sur, solar No.10 y a1 Oeste, Calle No.10, por la suma de veinte y dos mil
setecientos cincuenta pesos con 00/100 (RD$22,750.00)”.
Articulo 2.- Se modifica el Articulo Unico del Decreto No.2425, de fecha 22
de agosto del aiio 1972, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento
del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a1 seiior Jose Felipe Arzeno Pla el
solar municipal No.365-B, de la manzana No.05, correspondiente a la parcela catastral 57
(parte), del Distrito Catastral No.8, con un area de 1648.50 metros cuadrados”.
Articulo 3.- Se modifica el Articulo 6 del Decreto No.683-04, de fecha 21
de julio del aiio 2004, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento
del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la seiiora Dulce Maria Garcia el
solar municipal No.534, de la manzana No.30, correspondiente a la parcela catastral No.2-
B-2-A, porcion B, del Distrito Catastral No. 1, con un irea de 119.97 metros cuadrados, con
10s siguientes linderos: a1 Norte, solar No.535; a1 Este, solar No.533; a1 Sur, solar No.10 y
a1 Oeste, Calle No.23, por la suma de diecisiete mil novecientos noventa y cinco pesos con
50/100 (RD$17,995. 50)”.
Articulo 4.- Se modifica el Numeral 8 del Articulo 1 del Decreto No.347-99,
de fecha 12 de agosto del aiio 1999, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1
Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a1 seiior Ramon
Federico Martinez Marte, el solar municipal No. 1, de la manzana No. 14, correspondiente a
la parcela catastral No.154-A del Distrito Catastral No.6, con un area de 171.52 metros
cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, calle No.32; a1 Este, calle No.3; a1 Sur,
solares municipales Nos. 4, 3 y 2; y a1 Oeste, solar municipal No.21, por la suma de veinte
y cuatro mil doce pesos con 80/100 (RD$24,012.80)”.
Articulo 5.- Se modifica el Numeral 5 del Articulo 1 del Decreto No.327-05,
de fecha 16 de junio del aiio 2005, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1
Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a1 seiior Ricardo
Antonio Reyes Gomez, el solar municipal No.2178, de la manzana 156, correspondiente a1
solar catastral No.2, de la manzana catastral No.173, del Distrito Catastral No.1, con un
area de 140.58 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, calle Beller; a1 Este,
solar municipal No.2179; a1 Sur, solar municipal No.2196; y a1 Oeste, solares municipales
Nos.2176 y 2177, por la suma de cuarenta y un mil setecientos setenta y dos pesos con
00/100 (RD$41,772.00)”.
Articulo 6.- Se modifica el Numeral 7 del Articulo 1 del Decreto No.327-05,
de fecha 16 de junio del aiio 2005, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1
Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la seiiora Ana
Antonia Espaillat Jimenez, el solar municipal No. 1027, de la manzana 59, correspondiente
a1 solar catastral No.6, de la manzana catastral No.52, del Distrito Catastral No.1, del
Municipio de Santiago, con un area de 166.11 metros cuadrados, con 10s siguientes
linderos: a1 Norte, calle Salvador Cucurrullo; a1 Este, solar municipal No.1028; a1 Sur,
Rafael Espaillat; y a1 Oeste, solar municipal No. 1026, por la suma de veinte y nueve mil
sesenta y nueve pesos con 25/100 (RD$29,069.25)”.
Articulo 7.- Se modifica el Articulo 14 del Decreto No.327-05, de fecha 16
de junio del aiio 2005, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento
del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la seiiora Mercedes Yolaida
Rodriguez, el Solar Municipal No.1007, de la Manzana No.57, correspondiente a1 Solar
Catastral No.11, de la manzana catastral No.50, del Distrito Catastral No.1, con un area de
85.79 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, solar catastral No. 10; a1 Este,
calle Capotillo; a1 Sur, calle Independencia; y a1 Oeste, solar catastral No.12, por la suma
de catorce mil doscientos cincuenta y un pesos con 25/100 (RD$14,251.25)”.
Articulo 8.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del Distrito Nacional, a vender a1
seiior Edy Leone1 Albino, una porcihn de terreno dentro del imbito del solar No.1-A-1-Ref-
3 (parte), de la manzana No. 1784 del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional, sector
Evaristo Morales, con un irea de 130.14 metros cuadrados, por la suma de trescientos
noventa mil cuatrocientos veinte pesos con 00/100 (RD$390,420.00)”.
Articulo 9.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Monte Plata,
Provincia Monte Plata a vender a1 seiior Fernando Sanchez Martinez, el solar que esta
dentro de la parcela catastral No.41 del Distrito Catastral No.64-B, con designacihn
municipal de porcihn No.0015-95, del municipio de Monte Plata, con un area de 91.37
tareas, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, Sr. Otilio Benitez y Camino de Acceso; a1 Este,
Sr. Bonifacio de Los Santos; a1 Sur, SUC. Melido Marte; y a1 Oeste, SUC. Melido Marte, por
la suma de setenta y siete mil seiscientos sesenta y cuatro pesos con 50/100
(RD$77,664.50).
Articulo 10.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Santiago,
Provincia Santiago a vender 10s inmuebles que se describen a continuacihn:
1.- A la seiiora Ramona Poline, el solar que esta dentro de la parcela catastral No.2-
B-2 porcihn B, con designacihn municipal de solar No. 195-A, manzana No. 12, del Distrito
Catastral No. 1, del municipio de Santiago, con un irea de 69.67 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, solar No. 195; a1 Este, solar No.187; a1 Sur, solar No. 186-A; y
a1 Oeste, calle No.13, por la suma de trece mil novecientos treinta y cuatro pesos con
00/100 (RD$13,934.00).
2.- A la seiiora Aledis Altagracia Curiel, el solar que esta dentro de la Parcela
catastral No.23, manzana No.87, con designacihn municipal de solar No. 1173, manzana
No.72, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un area de 112.30 metros
cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, solares municipales Nos.1174 y 1175; a1
Este, solar municipal No. 1176; a1 Sur, solar municipal No. 1172; y a1 Oeste, calle Pedro
Hungria, por la suma de veintiocho mil seiscientos treinta y seis pesos con 50/100
(RD$28,636.50).
3.- A la seiiora Petra Magdalena Espinal Osoria, el solar No.22, la manzana catastral
No.142, con designacion municipal de solar No.2066, manzana No. 148, del Distrito
Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un area de 228.33 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, solar No.2067; a1 Este, solar No.2084; a1 Sur, solar No.2065;
y a1 Oeste, calle Cuba, por la suma de ciento catorce mil ciento sesenta y cinco pesos con
00/100 (RD$114,165.00).
4.- A 10s seiiores Ana Mercedes Tavarez Garcia y Basilio Jacobo de Jesus Garcia, el
solar dentro de la parcela catastral No.56 (parte), con designacion municipal No.1, manzana
No.79, del Distrito Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un area de 196.84 metros
cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, calle Mama Tingo; a1 Este, solar No.2; a1
Sur, solar No. 13; y a1 Oeste, calle Vietnam, por la suma de cuarenta y tres mil cincuenta y
ocho pesos con 75/100 (RD$43,058.75).
5.- A la seiiora Carmen Ramona Santana, el solar que esta dentro de la parcela
catastral No.47 (parte), con designacion municipal de solar No.5-C, manzana “J”, del
Distrito Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un area de 104.52 metros
cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, Callejon; a1 Este, solar No.5-D; a1 Sur,
Carretera Las Palomas; y a1 Oeste, solar No.5-B, por la suma de veinte mil novecientos
cuatro pesos con 00/100 (RD$20,904.00).
6.- A la seiiora Eulalia Batista Dominguez, el solar que esta dentro de la parcela
catastral No.56 (parte), con designacion municipal No.10, manzana No. 10, del Distrito
Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un irea de 90.72 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, solar municipal No.9; a1 Este, calle No.25; a1 Sur, solar
municipal No.11; y a1 Oeste, solar municipal No.58, por la suma de once mil setecientos
noventa y tres pesos con 60/100 (RD$11,793.60).
7.- A1 seiior Gabino Alfredo Castro Vasquez, el solar que esta dentro de la parcela
catastral No.56, con designacion municipal de solar No.2, manzana No.67, del Distrito
Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un irea de 87.10 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, calle No.6; a1 Este, caiiada; a1 Sur, solar No.23; y a1 Oeste,
solar No.1, por la suma de ocho mil setecientos diez pesos con 00/100 (RD$8,710.00).
8.- A1 seiior Luis Maria Almonte Valerio, el solar que esta dentro de la parcela
catastral No.6-B-45, con designacion municipal de solar No.24, manzana No.3, del Distrito
Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un area de 214.04 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, solar No.9; a1 Este, solar No.23; a1 Sur, solar No.11; y a1
Oeste, solar No.25, por la suma de veinte y seis mil setecientos cincuenta y cinco pesos con
00/100 (RD$26,755.00).
9.- A1 seiior Juan Alfredo Dominguez, el solar que esta dentro de la parcela catastral
No.201 (parte), con designacion municipal de solar No.13, manzana No.6, del Distrito
Catastral No.6, del municipio de Santiago, con un area de 326.06 metros cuadrados, con 10s
siguientes linderos: a1 Norte, Ave. Estrella Sadhala; a1 Este, solar No.14; a1 Sur, solar
No.14; y a1 Oeste, solar No.12, por la suma de ciento treinta mil cuatrocientos veinte y
cuatro pesos con 00/100 (RD$130,424.00).
Articulo 11.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender a1
seiior Leandro de La Cruz Bello, la porcion de terreno ubicada en el solar No. 17 de la zona
No.9, dentro de la parcela No.9, del Distrito Catastral No. 19, del distrito Nacional, sector
Duquesa, con un area 300.00 metros cuadrados, por la suma de noventa mil pesos con
00/100 (RD$90,000.00).
Articulo 12.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Higuey,
Provincia La Altagracia a vender 10s inmuebles que se describen a continuacion:
1.-
A la seiiora Dominga Guerrero, el solar que esta dentro de la manzana
catastral No.246, con designacion municipal de solar No.9398, manzana No.246, del
Distrito Catastral No.1, del municipio de Higuey, con un irea de 229.40 metros cuadrados,
con 10s siguientes linderos: a1 Norte, calle Dr. Canales; a1 Este, Sr. Jesus Santana; a1 Sur,
Sr. Talys R.; y a1 Oeste, Sra. Antonia Gomez; por la suma de treinta y ocho mil novecientos
noventa y ocho pesos con 00/100 (RD$38,998.00).
2.- A la seiiora Josefa Rijo Castillo, el solar que esta dentro de la manzana catastral
N0.28, con designacion municipal de solar No.221, manzana N0.28, del Distrito Catastral
No.1, del municipio de Higtiey, con un area de 157.07 metros cuadrados, con 10s siguientes
linderos: a1 Norte, Ramon Ozuna; a1 Este, El Abreu; a1 Sur, Pablo Abreu.; y a1 Oeste, Calle
Colon, por la suma de sesenta y dos mil ochocientos veinte y ocho pesos con 00/100
(RD$62,828.00).
Articulo 13.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Dajabon,
provincia Dajabon a vender a1 seiior Luis Antonio Figueroa, el solar que esta dentro de la
manzana catastral No.5, con designacion municipal de solar No.14P1, manzana No.5, del
Distrito Catastral No.1, con un area de 199.58 metros cuadrados, con 10s siguientes
linderos: a1 Norte, solar No.15; a1 Este, solar No.14-P2; a1 Sur, calle Manuel Ramon Roca.;
y a1 Oeste, Sucs. de Clemente Roble, por la suma de diecinueve mil novecientos cincuenta
y ocho pesos con 00/100 (RD$19,958.00).
Articulo 14.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia y a la
Liga Municipal Dorninicana, para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s dos (02) dias del mes de mayo del aiio dos mil cinco (2006);
aiios 163 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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