Texto de la norma
Dec. No. 606-06 que deroga el Decreto No. 527-05, que declaro de utilidad publica
una porcion de terreno en el Distrito Nacional, propiedad de la compaiiia Inmobiliaria
Ramabiena, S. A.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 606-06
VISTA: La Ley No. 344, del 29 de julio del 1943, sobre Procedimiento de Expropiacihn, y
sus modificaciones;
Y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la
Republica Dominicana, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1. Queda derogado el Decreto No.527-05, del 20 de septiembre de 2005, que
declarh de utilidad publica la porcihn de terreno con un extension superficial de cuarenta
(40) areas, cincuenta y ocho (58) centiareas y cuarenta y nueve (49) decimetros, dentro del
ambito del Solar No.3-prov., Manana 215, del Distrito Catastral No.1, del Distrito
Nacional, y su mejora consistente en una casa de block, hecha de concreto, con seiscientos
metros cuadrados de construccihn (600.00 mts.*) y todas sus anexidades y dependencias,
propiedad de la compaiiia Inmobiliaria Ramabiena, S. A, amparado en el Certificado de
Titulo No. 9 5- 1 3 73 1.
Articulo 2. Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales, a1 Abogado del
Estado y a1 Registrador de Titulos, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
Republica Dominicana, a 10s doce (12), dias del mes de diciembre del aiio dos mil seis
(2006), aiios 163 de la Independencia y 144 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No. 607-06 dispone que todas las solicitudes de desembolsos a ser realizados con
recursos externos, deberin ser autorizados por la Secretaria de Estado de Finanzas a
travks de la Direccion General de Crkdito Publico.
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