miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 463-02

que declara de utilidad publica varias porciones de terreno en San Francisco de Macoris, para ser destinadas a un complejo habitacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 jun de 2002fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10142Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 463-02 que declara de utilidad publica varias porciones de terreno en San Francisco de Macoris, para ser destinadas a un complejo habitacional. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 463-02 CONSIDERANDO: Que es interes del Estado Dominicano fomentar la educacion tecnica en todo el territorio nacional como forma de promover la superacion de la pobreza a traves de la elevacion del nivel de vida de la poblacion y el desarrollo, a traves del fortalecimiento de 10s programas sociales que implementa el gobierno como forma efectiva de combatir la pobreza; CONSIDERANDO: Que la construccion de un complejo habitacional para 10s mas necesitados contribuira considerablemente a alcanzar 10s objetivos precedentemente descritos en el ambito geogrifico y demografico particular de la provincia de San Francisco: VISTA la Ley No. 344, de fecha 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre procedimiento de expropiacion; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica Dominicana, dicto el siguiente: D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se declara de utilidad publica e interes social la adquisicion por el Estado Dominicano de 10s inmuebles que se describen a continuacion: Varias porciones dentro de la Parcela No. 1, del Distrito Catastral No. 21, del Departamento de San Francisco de Macoris: a) Una extension superficial de 8 Hectareas, 6 Areas, 64 Centiareas y 75 Decimetros, propiedad de la senora JULIA EUGENIA ANTON VDA. CORDOVA; b) Las extensiones superficiales de 0 Hectarea, 89 Areas, 75 Centiareas, que son propiedad, individualmente y de manera respectiva de 10s siguientes senores: LUZ MARIA CORDOVA DE RIVAS, ANTONIO CORDOVA ANTON, GONZALO FERNANDO CORDOVA ANTON, ENEDINA ALTAGRACIA CORDOVA DE PEREYRA, EMILIA ANTONIA CORDOVA DE SICARD, ULPIANO EUGENIO CORDOVA ANTON, JOSE TOMAS CORDOVA ANTON, MANUEL PORFIRIO CORDOVA ANTON Y DOLORES MILAGROS DE LOS ANGELES CORDOVA ANTON; c) Una extension de 0 Hectarea, 51 Areas, 23 Centiareas, propiedad del senor FRANCISCO JACOB0 CORDOVA ANTON. ARTICULO 2.- En cas0 de no llegarse a un acuerdo amigable con 10s propietarios de 10s inmuebles antes indicados para su compra de grado a grado por el Estado Dominicano, el Administrador General de Bienes Nacionales realizara todos 10s actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo a la ley, para obtener la expropiacion de 10s mismos. ARTICULO 3.- Se declara de urgencia que el Estado Dominicano entre en posesion de 10s indicados inmuebles a fin de que se puedan iniciar de inmediato en 10s mismos, las obras seiialadas, luego de cumplidos 10s requisitos legales exigidos por el Articulo 13 de la Ley No. 344, de fecha 29 de julio del 1943, modificado por la Ley No. 700, de fecha 3 1 de julio del 1974. ARTICULO 4.- La entrada en posesion por el Estado Dominicano de 10s mencionados inmuebles sera ejecutada por el Abogado del Estado en virtud de la disposicion de la Ley No. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrego un Parrafo I1 a1 Articulo 13 de la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943. ARTICULO 5.- Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales, a1 Abogado del Estado y a1 Registrador de Titulos que corresponda, para 10s fines correspondientes. ARTICULO 6.- El presente decreto deroga el Decreto No. 335-02, de fecha nueve (9) de mayo del dos mil dos (2002). DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veinte (20) dias del mes de junio del aiio dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona