Texto de la norma
Dec. No. 916-02 que concede naturalizacion dominicana a varias personas, y
provisionalmente a menores de edad.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 916-02
VISTAS las instancias tramitadas a traves de 10s oficios de la Secretaria de
Estado de Interior y Policia, correspondientes a las personas cuyos nombres figuran en la
parte dispositiva del presente decreto.
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril del 1948 y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a la personas que se indican a continuación:
1. Alain PEREZ PEREZ, de nacionalidad cubana.
2. Alberto PEREZ HERNÁNDEZ, de nacionalidad cubana.
3. Alberto PEREZ PEREZ, de nacionalidad cubana.
4. Aldo Carlo BERSANO, de nacionalidad italiana.
5. Aleksandar BREZNIKAR, de nacionalidad yugoeslava.
6. Angelo FLORIANI, de nacionalidad italiana.
7. Aviram SAFRUTI, de nacionalidad israelí.
8. Beatriz LAGO MARRERO, de nacionalidad cubana.
9. David BERDELLANS LOPEZ, de nacionalidad cubana.
10. Fara Aliusha QUESADA MENA, de nacionalidad cubana.
11. Freddy Mauricio MUNGUIA SOLÓRZANO, de nacionalidad italiana.
12. Giovanni GIACOMETTI, de nacionalidad italiana.
13. Isaac CHUEKE, de nacionalidad brasileña.
14. Juan Winston Elpidio ARNAUD BISONO, nacionalidad estadounidense.
15. Luis Gabriel ARDILA CORDOBA, de nacionalidad colombiana.
16. María Alejandra ZENONI, de nacionalidad estadounidense.
17. María Isabel MARTINEZ MORERA, de nacionalidad cubana.
18. Pedro CONCHA VILLARROYA, de nacionalidad española.
19. Pedro de Jesús BELLO MACHADO, de nacionalidad cubana.
20. Ronald Eduardo SKEWES-RAMM, de nacionalidad chilena.
21. Soheil VAHDANI KHORSANDI, de nacionalidad iraní.
22. Vida MAYOR RODRÍGUEZ, de nacionalidad cubana.
ARTICULO 2.- Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana provisional a los menores que se indican a continuación:
1. Amy LORA SOLANO, de nacionalidad estadounidense.
2. Anabel LUCIANO ANGULO, de nacionalidad colombiana.
3. Ariel Amauris TODD DE LEON, de nacionalidad estadounidense.
4. Candida Yoselyn ZAPATA CAMPUSANO, de nacionalidad venezolana.
5. Cesar Julio CASTILLO MENDEZ, de nacionalidad venezolana.
6. Daniel Augusto JEREZ VARGAS, de nacionalidad estadounidense.
7. Emily Elain ROSA SATIZABAL, de nacionalidad colombiana
8. Gabriela María JEREZ VARGAS, de nacionalidad estadounidense.
9. José Luis JEREZ VARGAS, de nacionalidad estadounidense.
10. Jozailyn Algodón ROPERTO RODRÍGUEZ, nacionalidad estadounidense
11. Lilibeth DE LA CRUZ PERDOMO, de nacionalidad venezolana.
12. Luz Marina LUCIANO ANGULO, de nacionalidad venezolana.
13. María del Carmen SERRANO SANTO, de nacionalidad panameña.
14. María Magdalena ABREU GOMEZ, de nacionalidad puertorriqueña.
15. Miguel Antonio LUCIANO ANGULO, de nacionalidad venezolana.
16. Paz Virginia BUENO KUO, de nacionalidad china.
17. Rodrigo ALBA CAMASTA, de nacionalidad estadounidense.
18. Valentino Leandro ROTH FELIZ, de nacionalidad suiza.
19. Yamelis ROSARIO VASQUEZ, de nacionalidad estadounidense.
ARTICULO 3.-Los beneficiarios indicados en el Artículo 1 del presente decreto recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario.
ARTICULO 4.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de noviembre del año dos mil dos (2002); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.