Texto de la norma
Dec. No. 895-02 que declara de utilidad pública los terrenos comprendidos en el área delimitada por el Edificio Gubernamental Manuel Fernández Mármol, Plaza La Trinitaria, Ave. Teniente Amado García y Elevado de la Avenida París, para ser destinados al Banco Nacional de la Vivienda y éste desarrollar el Centro Duarte.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 895-02
CONSIDERANDO: Que la Capital de la República requiere de la intervención urbana del Estado para lograr su renovación, crear las condiciones mínimas necesarias para que los ciudadanos puedan disponer de opciones adecuadas de viviendas, servicios, empleos, diversión, transporte y otras facilidades urbanas.
CONSIDERANDO: Que el Estado requiere la identificación de nuevos modelos de intervención urbana que respondan a las expectativas de los ciudadanos y que al mismo tiempo generen un espacio para la coparticipación del sector privado y la ciudadanía en la satisfacción de las demandas de servicios y soluciones urbanas.
CONSIDERANDO: Que su localización estratégica con relación a la ciudad y su ubicación tan particular, hacen del área el centro logístico ideal para ofrecer, ampliar y enriquecer la ciudad con nuevas opciones de servicios públicos y privados, comercio, viviendas, transporte, alojamiento, áreas públicas, etc., que en conjunto, conformarán una respuesta acertada a las viejas y nuevas demandas que la dinámica urbana ha ido generando en la Capital de la República.
Habiendo conocido la propuesta para la conversión de la zona comprendida entre las avenidas Tte. Amado García Guerrero al Norte, la Avenida París al Sur, al Oeste por el Edificio Gubernamental Manuel Fernández Mármol y al Este por la Plaza La Trinitaria en el proyecto denominado “Centro Duarte”, concebido como un esfuerzo mixto entre el Estado, el sector privado y la participación de la ciudadanía organizada, para mejorar y recualificar la denominada zona.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se declaran de utilidad pública los terrenos comprendidos en el área delimitada, al Oeste por el Edificio Gubernamental Manuel Fernández Mármol, al Este por la Plaza La Trinitaria, al Norte por el elevado de la Avenida Tte. Amado García Guerrero y al Sur por el elevado de la Avenida París, a los fines de permitir la reestructuración, revitalización y desarrollo de esta significativa zona de la ciudad.
ARTICULO 2.- Se traspasan los referidos terrenos al Banco Nacional de la Vivienda para que los destine como participación del Estado en la construcción del denominado proyecto "Centro Duarte", a los fines de que éstos sirvan como punto de partida para sustentar las referidas gestiones.
ARTICULO 3.- Se ordena a Bienes Nacionales de disponer lo necesario para dar fiel cumplimiento del presente decreto e iniciar las negociaciones con los propietarios y ocupantes de los inmuebles comprendidos en el área declarada de utilidad pública, a los fines de compensarles justa y razonablemente por la enajenación de sus propiedades.
ARTICULO 4.- Queda derogado la ejecución del Decreto No. 198-02 y se traspasa el Edificio Manuel Fernández Mármol al Banco Nacional de la Vivienda (BNV), a los fines de que sea incorporado al proyecto de desarrollo urbano del "Centro Duarte".
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de noviembre del año dos mil dos (2002); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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