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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 882-02

que autoriza al Banco Central de la República Dominicana a realizar la suscripción adicional de 112 acciones al capital del Organismo Multilateral de Garantía de Inversión (MIGA), por valor de UD$1,211,840.00

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 oct de 2002fecha
Otrostipo
G. O. 10177Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 882-02 que autoriza al Banco Central de la República Dominicana a realizar la suscripción adicional de 112 acciones al capital del Organismo Multilateral de Garantía de Inversión (MIGA), por valor de UD$1,211,840.00. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 882-02 CONSIDERANDO: Que el Consejo de Gobernadores del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA) aprobó, mediante la Resolución No. 57, de fecha 29 de marzo de 1999, el Aumento General de Capital correspondiente al 1998, con el objeto de sostener y fortalecer las actividades de ese organismo multilateral en los próximos años y propiciar el ingreso de nuevos países miembros, mediante la emisión de acciones adicionales. CONSIDERANDO: La importancia que reviste para el Estado Dominicano el mantener y acrecentar su participación en los procesos de cooperación internacional que coadyuvan al desarrollo de las naciones. CONSIDERANDO: Que mediante la citada Resolución le fueron asignadas a la República Dominicana 112 acciones adicionales que deberá suscribir en su calidad de país miembro, con lo cual se incrementa su capacidad de voto ante el Directorio Ejecutivo en virtud de la Sección a) del Artículo 5 del Convenio Constitutivo de esa institución. CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo que se dispone en el Artículo 1 de la Ley No. 1531, de fecha 9 de octubre de 1947, modificado por la Ley No. 364, de fecha 3 de octubre de 1968, es necesaria la aprobación por Decreto del Poder Ejecutivo para que el Banco Central de la República Dominicana pueda efectuar los aportes a la suscripción adicional de acciones aprobada por el Consejo de Gobernadores del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Banco Central de la República Dominicana a realizar la suscripción adicional de 112 acciones al capital del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA) por valor de US$1,211,840.00 (Un Millón Doscientos Once Mil Ochocientos Cuarenta Dólares de los Estados Unidos de América), de manera que la participación de la República Dominicana al capital del referido organismo quede aumentada en dicho valor y efectuar los aportes correspondientes, según las reglas establecidas por el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA). DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de octubre del año dos mil dos (2002); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona