LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 455-06
VISTA: La Resolución No1, emitida por el Consejo Ejecutivo PROMESE/CAL, del 27 de agosto de 2002;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. Se dispone que la Dirección General Financiera de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS) retenga de la subvención de cada hospital un 40% (cuarenta por ciento) de las mismas, el cual se destinará al pago de las medicinas y del material médico gastable que los hospitales solicitan a PROMESE/CAL y que ésta le suministra a los hospitales.
Artículo 2. Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS), a la Central de Apoyo Logístico PROMESE/CAL y al Consejo Ejecutivo de PROMESE/CAL, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de octubre del año dos mil seis (2006), años 163 de la Independencia y 144 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona