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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 338-06

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER TERRENOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 ago de 2006fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10383Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 338-06 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 338-06 VISTAS la Ley No. 4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577 del 12 de julio de 1961. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, Provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Adalinda Torres Torres, un solar que está dentro de la parcela catastral No.38, del Distrito Catastral No.6, del municipio de Santiago, y con designación municipal de un solar No.18, manzana No.38, con un área corregida de 106.34 metros cuadrados: al Norte, solar No.17; al Sur, solar No.19; al Este, calle No.5; y al Oeste, solar No.22, por la suma de treinta y un mil novecientos dos pesos con 00/100 (RD$31,902.00). ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, Provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Pablo Núñez Marmolejos, un solar que está dentro de la parcela catastral No.56, del D.C. No.8, del municipio de Santiago, y con designación municipal de un solar No.21, manzana No.34, con un área corregida de 145.28 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle 19 de marzo; al Este, solar No.1; al Sur, solar No.2; y al Oeste, solar No.20, por la suma de cuarenta y tres mil quinientos ochenta y cuatro pesos (RD$43,584.00). ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Bayaguana, Provincia Monte Plata, a vender al señor Raudó Santana Polanco, un solar que está dentro de la parcela catastral No.24, del Distrito Catastral No.13, del municipio de Bayaguana, con un área corregida de 106.86 tareas, con los siguientes linderos: al Norte, señor Raúl Jiménez; al Este, señor Santiago Saldaña; al Sur, camino; al Oeste, señora Fremia Luzmi, por la suma de cincuenta y tres mil cuatrocientos treinta pesos (RD$53,430.00). ARTICULO 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Bayaguana, Provincia Monte Plata, a vender al señor Sandino Radhames Vásquez Báez, una porción de terreno que está dentro de la parcela catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del municipio de Bayaguana, con un área corregida de 40.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, camino vecinal; al Este, señores China Rojas y Carlos Hernández; al Sur, señor Carlos Hernández; al Oeste, señor Juan Florián Mejías, por la suma de cuarenta mil pesos (RD$40,000.00). ARTICULO 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Bayaguana, Provincia Monte Plata, a vender a la señora Ana María Hortensia Valenzuela Padua, un solar de su propiedad que mide 41.77 tareas, el cuál está dentro de la manzana catastral No.2 del Distrito Catastral No.10 del municipio de Bayaguana, con los siguientes linderos: al Norte, Resto P.N.2; al Este, carretera Monte Plata; al Sur, Resto P.No.2; al Oeste, Resto P.No.2, por la suma de ciento veinticinco mil trescientos diez pesos (RD$125,310.00). ARTICULO 6.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, Provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Ramón Pichardo Gómez, un solar que tiene designación municipal No.20 de la manzana municipal No.261, localizado en el ámbito de la manzana catastral No.67, del Distrito Catastral No.1 del municipio de Santiago, con un área corregida de 118.93 metros cuadrados con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.539; al Este, solar municipal No.540; al Sur, calle Luis Bogaert; al Oeste, solar municipal No.536, por la suma de doce mil cuatrocientos ochenta y siete pesos con sesenta y cinco centavos (RD$12,487.65). ARTICULO 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Hato Mayor del Rey, Provincia Hato Mayor, a vender a la señora Hilda Arelis Rivera Salas, un solar que está dentro de la manzana catastral No.39-B del D.C No.1, del municipio de Hato Mayor del Rey, con designación municipal del solar No.55-2005, manzana No.39-B, con un área corregida de 241.30 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Padre Meriño; al Este, Pedro Monegro; al Sur, Issa Bassa; al Oeste, Juan Francisco Santana Santana, por la suma de cuarenta y ocho mil doscientos sesenta pesos (RD$48,260.00). ARTICULO 8.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, Provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Bárbara Mercedes Rosario Ulloa, un solar con una designación municipal No.7 de la manzana municipal No.H, localizado en la parcela catastral No.47 (parte) del D.C. No.8 del municipio de Santiago, con un área corregida de 140.72 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.6; al Este, solar municipal No.9; al Sur, paso Peatón No.2; al Oeste, solar municipal No.5, por la suma de veinte mil novecientos treinta y dos pesos con diez centavos (RD$20,932.10). ARTICULO 9.- Se modifica el Artículo 2, del Decreto No.297-00, de fecha 10 de julio del año 2000, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Monte Cristy, del Municipio de Monte Cristy, a vender a la señora Mariana Suero, el solar No.16 (Refundida) localizado dentro de la manzana No.85, del D.C. No.1, del municipio de Monte Cristy, con un área corregida de 791.55 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.17; al Este, solar No.14; al Sur, solar No.15; al Oeste, Av. Mella, por la suma de quinientos dieciséis mil ochocientos cuarenta y un pesos con 00/100 (RD$516,841.00)". ARTICULO 10.- Se modifica el Artículo 7, del Decreto No.683-04, de fecha 21 de julio del año 2004, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, de la Provincia de Santiago de los Caballeros, a vender a los señores Mercado Grullón y Trijilda M. Grullón, el solar municipal No.16 y 17, de la manzana A-P-199, correspondiente a la parcela catastral No.199, del D.C. No.6, que mide 390.66 metros cuadrados, ubicado en el sector Fernández Domínguez, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.6; al Este, solar No.18; al Sur, F.A.D; al Oeste, solar No.15, por la suma de ochenta y tres mil quince pesos con 25/100 (RD$83,015.25)". ARTICULO 11.- Se modifica el Artículo 1, letra M, del Decreto No.2377-04, de fecha 14 de abril del año 1981, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Moca, de la Provincia de Espaillat, a vender al señor Vicente Odalís Hernández, el solar No.6, manzana 122, con un área de 94.76 metros cuadrados, manzana No.122, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Moca, por el precio de cuatrocientos setenta y tres pesos con ochenta centavos (RD$473.80)". ARTICULO 12.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a los ocho (8) días del mes de agosto del año dos mil seis, año 163 de la Independencia y 143 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona