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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 141-02

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DEL INDULTO A VARIOS CONDENADOS POR LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 feb de 2002fecha
Indultotipo
G. O. 10123Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 141-02 que concede el beneficio del indulto a varios condenados por 10s tribunales de la Republica. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 141-02 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se concede el beneficio del indulto por el tiempo de sus respectivas penas pendientes de cumplir, con efectividad a1 27 de febrero del aiio 2002, a 10s siguientes condenados: PENITENCIARIA NACIONAL DE LA VICTORIA: 1) Alejandro Canela Hernandez, 2) Amauris Labourt Feliz, 3) Amilson Jose Florentino Santos, 4) Carlos Cesar Garcia Martinez, 5) Cristian Deyvi Rafael, 6) Emilio Laureano Chalas, 7) Felix Andres Matos Rodriguez, 8) Franklin Benjamin Feliz, 9) Henry Mateo Moreno, 10) Jose Miguel Fortuna Bocio, 11) Jose Nicolas Cruz, 12) Jose Ramon De la Cruz Polanco, 13) Jose Ramon De Leon Minier, 14) Jose Ramon Peralta Feliz, 15) Juan Carlos Jimenez Contreras, 16) Juan Ramon Olaverria Calderon, 17) Juan Ramon Rodriguez Marte, 18) Julio Reynoso Lantigua, 19) Luis Fabian Santos Melo, 20) Marcos Jose Jorge Ortiz, 21) Mario Ramon Sire Encarnacion, 22) Nazario Castro Inocencio, 23) Pedro Alejandro Alcintara Encarnacion, 24) Rafael Nalcy Batista Martinez, 25) Ramon Mercedes De Leon, 26) Ramon Morel Vargas, 27) Willy Villanueva Delgado. CARCEL MODEL0 DE NAJAYO: 1) Alexander Ramirez Batista, 2) Alfred0 Antonio Arias Rosario, 3) Cesar Muiioz De la Rosa, 4) Francisco Albert0 Bencosme Dominguez, 5) Jose Antonio Laureano Jimenez, 6 ) Ondina Ramirez Batista, 7) Sunilda Reyes Gonzalez. CARCEL PUBLICA DE SAN CRISTOBAL: 1) Andy Garcia Bautista, 2) Jose Dario Reyes, 3) Juan Carlos Cuevas, 4) Lino Antonio De 10s Santos Nuiiez. CARCEL PUBLICA DE BANI: 1) Alexis Valenzuela Cuevas, 2) Andres Antonio Arias Garcia, 3) Bolivar German De 10s Santos, 4) Cesar Santana, 5) Hector Vladimir Peiia Castillo, 6 ) Jose A. Tejada D’Oleo, 7) Luis Angel Arias Brito. CARCEL PUBLICA DEL KILOMETRO 15 DE AZUA: 1) Jose Luis Amador Reyes, 2) Pedro Pablo D’Oleo Ramirez. CARCEL PUBLICA DE RAFEY: 1) Jose Gabriel Cerda Cruz, 2) Rafael Antonio Mendez Acevedo. CARCEL PUBLICA DE DAJABON: 1) Santo Disla Contreras. CARCEL DEPARTAMENTAL DE SAN FRANCISCO DE MACORIS: 1) Jose Serrano De Jesus. CARCEL PUBLICA DE PUERTO PLATA: 1) Ariel Santos Crisostomo CARCEL PUBLICA DE SAMANA: 1) Martin Esteban Polanco CARCEL PUBLICA DE SAN PEDRO: 1) Emilio Victoriano (a) Yuly, 2) Josefina Paniagua, 3) Manuel Emilio Martinez Dominguez, 4) Pablo Cueto Nuiiez. CARCEL DEPARTAMENTAL DEL ESTE: 1) Miguel Angel Araujo Crispin CARCEL PUBLICA DE LA ROMANA: 1) Gil Lopez, 2) Julio Cesar Salvador De Jesus. ARTICULO 2.- Los beneficiarios del indulto concedido por el presente decreto que antes del cumplimiento de sus penas, a juicio del Procurador General de la Republica, cometan actos de mala conducta, demostrando asi que no son merecedores de la generosa medida con que se les favorece, ingresarin de nuevo a 10s establecimientos penitenciarios correspondientes por una orden de dicho funcionario, donde permaneceran hasta cumplir sus penas, reputandose que no han sido indultados. ARTICULO 3.- Los reclusos extranjeros beneficiarios de este indulto en ningh cas0 seran puestos en libertad en territorio dominicano, sino que seran entregados a las autoridades de sus correspondientes embajadas acreditadas en el pais para que las mismas se encarguen de repatriarlos a sus respectivas naciones. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominican% a 10s veinticinco (25) dias del mes de febrero del aiio dos mil dos (2002); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA El suscrito: Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo Certifica que la presente publicacion es oficial Dr. Guido Gomez Mazara Santo Domingo, D. N., Republica Dorninicana

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona