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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 591-02

QUE CREA E INTEGRA EL PATRONATO DEL ACUEDUCTO DE LA VEGA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 ago de 2002fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10153Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 591-02 que crea e integra el Patronato del Acueducto de La Vega. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 591-02 CONSIDERANDO: Que es tarea del Estado Dominican0 dar mantenimiento adecuado a las obras de infraestructura construidas por el Gobierno Central, para lo cual ha dado excelentes resultados la creacihn de patronatos cuyas misiones especificas han sido velar por el buen funcionamiento y la conservacihn de dichas obras. CONSIDERANDO: Que es de capital importancia para el Gobierno Central que en toda demarcacihn del territorio nacional se le de un prudente tratamiento a1 manejo y suministro de agua potable. CONSIDERANDO: Que una adecuada representacihn comunitaria puede garantizar de forma idhnea y racional el us0 de tan preciado recurso natural. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se crea el Patronato del Acueducto de La Vega, el cual estara encargado de la administracihn, operacihn, mantenimiento y preservacihn de dicho acueducto. ARTICULO 2.- Dicho Patronato contara con un Consejo Directivo, cuyos integrantes prestaran sus servicios a titulo honorifico. ARTICULO 3.- El Consejo Directivo del referido Patronato estara integrado por las siguientes instituciones y/o personas: Gobernador Provincial Senador de la Provincia Sindico Municipal Director Regional del Instituto Nacional de Recursos Hidraulicos (INDRHI). Director Regional del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA). Director Regional de Agricultura Director Provincial de Salud Publica Director Regional de Educacion Presidente del Consejo de Administracion de la Presa de Guaigui Un representante de la Asociacion para el Desarrollo de La Vega Un representante de la Camara de Comercio y Produccion de La Vega El seiior Eusebio Almonte El seiior Heriberto Medrano La seiiora Miriam Vasquez de Pimentel El seiior Pablo de Moya ARTICULO 4.- El Director Ejecutivo del Patronato sera designado por el Consejo Directivo, y estara a cargo de las funciones operativas y administrativas de dicho acueducto. ARTICULO 5.- El Patronato podra acordar y suscribir contratos y cuantos actos Sean necesarios para el cumplimiento de las funciones puestas a su cargo, con la finalidad expresa de administrar, operar, mantener y preservar dicho acueducto, siempre y cuando las disposiciones legales vigentes no exijan que la suscripcion de tales contratos o actos sea autorizada previamente por el Poder Ejecutivo. ARTICULO 6.- Las atribuciones especificas del Patronato, de su Consejo Directivo y del Director Ejecutivo seran establecidas en un reglamento operativo que debera redactar el Consejo Directivo y someter a la aprobacion del Presidente de la Republica en un plazo de treinta (30) dias, contados a partir de la emision del presente decreto. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a1 primer (ler.) dia del mes de agosto del aiio dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona