miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 377-02

DISPONE QUE EL CONSEJO NACIONAL DE COMPETITIVIDAD ESTARA DIRIGIDO POR UN CONSEJO DIRECTIVO DE 7 MIEM...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 may de 2002fecha
Otrostipo
G. O. 10136Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 377-02 CONSIDERANDO: Que resulta imprescindible la participacion activa del sector privado en el Consejo Nacional de Competitividad, el cual fuera creado mediante el Decreto No. 1091-01, de fecha 3 de noviembre del aiio 2001; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- El Consejo Nacional de Competitividad (CNC), estara dirigido por un Consejo Directivo, compuesto por siete miembros y de la manera siguiente: El Secretario de Estado de Industria y Comercio, Presidente; - - El Presidente del Consejo de la Empresa Privada (CONEP), Vicepresidente; El Secretario Tecnico de la Presidencia, Miembro; El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, Miembro; El Secretario de Estado de Finanzas, Miembro; - - - - El seiior Roberto Bonetti como representante del sector privado proveniente de las empresas contribuyentes a1 CNC, Miembro; y - El Director del Instituto Nacional de Formacion Tecnico Profesional (INFOTEP). ARTICULO 2.- Queda constituido el Consejo Consultivo del Consejo Nacional de Competitividad, integrado por 10s seiiores Jose del Carmen Ariza, Nassim J. Alemany, Juan Barcelo, Osmar Benitez, Rafael Bisono, Rafael Blanco Canto, Moises Blanco Genao, Jose Antonio Caro, Nicolas Casasnovas, Pedro Castillo L., Jose Clase, Pepin Corripio, Campo De Moya, Carlos Despradel, Francisco -Paco- Garcia, Felix Garcia, Juan Garrigo, Antonio Gennari, Juan Guiliani Cury, Frank Marino Hernandez, Azor Hazoury, Raymundo Hache, Orlando Haza, Luis Heredia Bonetti, Carlos Guillermo Leon, Jose Miguel Bonetti, Eulogio Santaella, Ramon Hipolito Mejia Gomez, Ramon -Papo- Menendez, Rafael Menicucci, Luis Molina Achecar, Jesus Moreno, Luis M. Pellerano Amiama, Arturo Peguero, Antonio Rodriguez Mansfield, Frank Rainieri, Enrique Santoni, Hector Valdez A,, Juan Vicini, hijo, Arturo Villanueva, Peter Weitnerth, Jose Leon A,, Alejandro Grullon, Ramon Baez Figueroa, Roland0 Gonzalez Bunster, Elena Villeya de Paliza, Arturo Pellerano, Jesus Rodriguez Sandoval, Diego De Moya Canain, Jose M. Gonzalez, Mario Lama, Roman Ramos, Jose Hernandez, Federico Schad, Henry Kelner, Manuel Castillo, Jerry Dupuy, Marco Cabral, Luis Sanchez Noble, Julio Brache, Carlomagno Gonzalez y Enrique -1ke- Tavarez. ARTICULO 3.- Quedan asimismo constituidos 10s Consejos Regionales de Competitividad, integrados, en principio, por 10s seiiores Manuel Estrella, Luis Jose Bonilla, Nabig Khoury, Socrates Lagares, Julio Schiffino, Hector Rizek, Fernando Capellan, Carlos Sully Fondeur, Carlos Bermudez P., Manuel Leonard0 Polanco, Eliseo Reynoso, Leocadio Peiia, Manuel Roa, Narciso A. Chaljub, Gregorio Castillo, J. Armando - Poppy- Bermudez, Sinecio Ramirez Suazo y Milciades De 10s Santos Baez. ARTICULO 4.- Delego en el Consejo Directivo del CNC, la facultad de integrar 10s Consejos Regionales y Locales que estime necesarios en procura de una mayor participacion activa del sector privado que permita a1 pais desarrollar su potencial economico y lograr un crecimiento sostenible. ARTICULO 5.- Queda modificado el Articulo 2 del Decreto No. 1091-01, de fecha 3 de noviembre del aiio 2001. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s diez (10) dias del mes de mayo del aiio dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona