Texto de la norma
Dec. No. 14-06 que nombra a 10s Secretarios de Estado de Cultura, Turismo y Medio
Ambiente y Recursos Naturales y al Director del Jardin Botinico Nacional, miembros
ex-oficio de la Fundacion Patronato Cueva de las Maravillas.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 14-06
CONSIDERANDO: Que la Cueva de las Maravillas es uno de 10s
monumentos naturales mas importantes de la Republica Dominicana y que en
consideracion a su belleza e importancia espeleologica y ecologica el Estado Dominicano
realizo una considerable inversion en su habilitacion, para que la misma pudiese ser
visitada por turistas dominicanos y extranjeros, asi como por estudiantes de todas las
edades, y para este monumento natural pueda servir de centro de difusion cultural y
educacion ambiental para el pueblo dominicano;
CONSIDERANDO: Que a fin de garantizar su cuidado el Estado
Dominicano pus0 este monumento natural bajo la adrninistracion de la Fundacion Patronato
Cueva de las Maravillas, Inc. encargandole de su direccion, ampliacion y desarrollo como
parque tematico conforme a 10s mas altos estandares internacionales;
CONSIDERANDO: Que es de rigor que el Estado Dominicano continue y
habra de continuar involucrado en el desarrollo de la Cueva de las Maravillas aportando
nuevos recursos financieros e institucionales:
CONSIDERANDO: Que la Fundacion Patronato Cueva de las Maravillas,
Inc., ha expresado a1 Poder Ejecutivo su deseo de que 10s Secretarios de Estado de Turismo,
Cultura, y Medio Ambiente y Recursos Naturales, asi como el Director del Jardin Botanico,
formen parte integral y de pleno derecho, como miembros ex-oficio, de esa Fundacion, y en
tal sentido le han solicitado a1 Poder Ejecutivo que autorice formalmente a 10s mencionados
funcionarios a participar plenamente en la direccion de la Fundacion Cueva de las
Maravillas, Inc.;
CONSIDERANDO: Que la presencia de 10s aludidos funcionarios publicos
en la Fundacion Cueva de las Maravillas, Inc., servira para consolidar y reforzar el trabajo
que esa Fundacion esta llevando a cabo, y servira asimismo para garantizar 10s intereses del
Estado Dominicano en la Cueva de las Maravillas, Inc.;
VISTO el Decreto No. 26-04 de fecha 14 de enero del 2004.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la republica, dicto el siguiente:
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.-Los Secretarios de Estado de Cultura, Turismo y de Medio
Ambiente y Recursos Naturales y el Director del Jardin Botanico, quedan autorizados a
formar parte de pleno derecho, como miembros ex-oficio de la Fundacion Patronato Cueva
de las Maravillas, Inc., pudiendo desempeiiar funciones de direccion y/o asesoria en el
Consejo Directivo de dicha institucion.
ARTICULO 2.- Enviese el presente Decreto a 10s Secretarios de Estado de
Cultura, Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a1 Director del Jardin
Botanico, asi como a1 Presidente de la Fundacion Patronato Cueva de las Maravillas, Inc.,
para su inforrnacion y fines de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de enero del aiio dos mil seis
(2006); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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