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Decreto

Decreto 688-05

que autoriza a la Constructora J. J., S. A, a hacer uso de parte de los 60 metros de la franja marina en Las Galeras-Samaná, para desarrollar el proyecto "Aparta-Hotel Vista Mare"

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 dic de 2005fecha
Otrostipo
G. O. 10351Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 688-05 que autoriza a la Constructora J. J., S. A, a hacer uso de parte de los 60 metros de la franja marina en Las Galeras-Samaná, para desarrollar el proyecto "Aparta-Hotel Vista Mare". LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO:688-05 VISTA la opinión emitida por la Secretaría de Estado de Turismo, en su oficio No.8445 de fecha 3 de noviembre de 2005; VISTA la Ley No.305, de fecha 23 de mayo del 1968; VISTA la Ley Orgánica de Turismo de la República Dominicana No.541, de fecha 31 de diciembre de 1969, y sus modificaciones; VISTA la Ley No.84, de fecha 26 de diciembre de 1979, que crea la Secretaría de Estado de Turismo; VISTA la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales No.64, de fecha 18 de agosto del 2000; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se autoriza a la empresa Constructora J.J., S.A., a hacer uso de parte de los sesenta (60) metros de la franja marina ubicada al sur de la carretera tramo Samaná-Las Galeras, dentro de la Parcela No.1, del Distrito Catastral No.3, sección Los Cacaos, lugar Los Naranjos, provincia de Samaná, con un área superficial de 56,469.00 Mts2., para desarrollar el proyecto "Aparta-Hotel Vista Mare". Artículo 2.- La autorización que se confiere por el presente decreto estará condicionada al previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las reglamentaciones al tenor de la Secretaría de Estado de Turismo y de la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Artículo 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de diciembre del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 143 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona