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Dec. No. 674-05 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 674-05
VISTAS las Leyes Nos.4381, del 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577, del 12 de julio de 1961.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender a la señora Altagracia Villar de Vargas, una porción de terreno dentro del ámbito de la manzana 21-B, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con un área de 86.66 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.7 (resto); al Este, calle Vicente Noble; al Sur, Solar No.7 (resto) y solar No.9; y al Oeste, calle Josefa Brea, por la suma de Doscientos Dieciséis Mil Seiscientos Cincuenta Pesos con 00/100 (RD$216,650.00).
ARTICULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, Provincia Santiago a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.- Al señor Martín Romero Zabala, el Solar que esta dentro de la parcela catastral No.7-C-7-B-26, con designación municipal de solar No.287-A-23, manzana No.4, del Distrito Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un área de 191.46 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Interior A; al Este, solar No.287-A-22; al Sur, solar No.287-A-7; y al Oeste, solar No.287-A-24, por la suma de Cincuenta Mil Seiscientos Cincuenta y Un Pesos con 50/100 (RD$52,651.50).
2.- A la señora Juana Mercedes Benoit Ventura, el Solar que esta dentro de la parcela catastral No.129-A, con designación municipal de S.N.31, manzana No.16 del Distrito Catastral No.6, del municipio de Santiago, con un área de 198.20 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.9; al Este, solar No.30; al Sur, Calle No.3; y al Oeste, solar No.32, por la suma de Cincuenta Mil Quinientos Cuarenta y Un Pesos con 00/100 (RD$50,541.00).
3.- Al señor Luís Alberto Genao Peralta, el Solar que esta dentro de la porcion catastral No.793, con designación municipal de solar No.14, manzana 19-Sur, del
Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un área de 181.83 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.9; al Este, solares Nos.13-A y 13-B; al Sur, solar Calle Proyecto No.1; y al Oeste, solar No.15, por la suma de Cuarenta y Cuatro Mil Trescientos Veintiún Pesos con 00/100 (RD$44,321.00).
4.- Al señor Leoncio Perdomo, una porción de terreno, que tiene designación municipal del solar No.1, que esta dentro de la manzana catastral No.1205, manzana 1205 del, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un área de 784.60 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, manzana No.1205 (resto), al Este, solar No.2; al Sur, Calle Penetración; y al Oeste, manzana No.1205 (resto), por la suma de Trescientos Trece Mil Ochocientos Cuarenta Pesos con 00/100 (RD$313,840.00).
5.- A la señora Zunilda Natividad Rodríguez, un solar que está dentro de la parcela catastral No.129-A, que tiene designación municipal del solar No.29, manzana No.47, del Distrito Catastral No.6, del municipio de Santiago, con un área de 135.50 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.30; al Este, solar municipal No.12; al Sur, solar municipal No.28; y al Oeste, Calle No.12, por la suma de Veinte y Siete Mil Cien Pesos con 00/100 (RD$27,100.00).
6.- A la señora Neli Altagracia Lovera Ureña, el solar No.2 (parte), que está dentro de manzana catastral No.795, que tiene designación municipal del solar No.2, manzana No.6-Sur, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un área de 90.28 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solares Nos.33-B y 1; al Este, Calle No.15; al Sur, Solares Nos.3 y 4; y al Oeste, solar No.33-A, por la suma de Dieciocho Mil Cincuenta y Seis Pesos con 00/100 (RD$18,056.00).
7.- Al señor José Roberto Bautista Colon, un solar que esta dentro de la parcela catastral No.129-L (parte), con designación municipal del solar No.8, manzana No.23, del Distrito Catastral No.6, del municipio de Santiago, con un área de 152.28 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Ave. Buenos Aires; al Este, Carretera Jacagua; al Sur, solar No.9; y al Oeste, solar No.7, por la suma de Treinta y Cuatro Mil Doscientos Sesenta y Tres Pesos con 00/100 (RD$34,263.00).
8.- A la señora Zoila Quezada, un solar que está dentro de la parcela catastral No.7-C-8-I, con designación municipal del solar No.9-A, manzana No. H, del Distrito Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un área de 64.23 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Callejón; al Este, solar No.1; al Sur, solar No.9; y al Oeste, Callejón No.2, por la suma de Diez y Seis Mil Cincuenta y Siete Pesos con 50/100 (RD$16,057.50).
9.- A los señores Juana Altagracia Méndez y Gustavo de Jesús Peralta, un solar que está dentro de la parcela catastral No.129-A, con designación municipal del solar Ref. No.12, manzana No.16, del Distrito Catastral No.6, del municipio de Santiago, con un área de 400.17 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle No.4; al Este, solares Nos.3 y 30; al Sur, solar No.13, y al Oeste, solar No.10, por la suma de Ochenta y Cinco Mil Treinta y Seis Pesos con 13/100 (RD$85,036.13).
10.- A los señores Santiago María Ulloa Deschamps y Zuñidla Almonte de Ulloa, un solar que está dentro de la manzana catastral No.51, con designación municipal del solar No.1015, manzana No.58, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un área de 112.48 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Salvador Cucurrullo; al Este, solar 1014; al Sur, solar No.1016; y al Oeste, familia Polanco, por la suma de Dieciséis Mil Ochocientos Setenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$16,872.00).
11.- Al señor Miguel Almonte, un solar con designación municipal No.02, manzana 05 y que está dentro de la manzana catastral No.6-B-37, con designación municipal del solar No.3, manzana No.34, del Distrito Catastral No.6, del municipio de Santiago, con un área de 239.06 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Proyecto No.6; al Este, solar municipal No.3; al Sur, solar municipal No.57; y al Oeste, solares municipales Nos.58, 59 y 01, por la suma de Cuarenta y Siete Mil Ochocientos Doce Pesos con 00/100 (RD$47,812.00).
12.- A la señora Nervia Dolores Nicasio, un solar que está dentro de la manzana catastral No.353, con designación municipal del solar No.46, manzana No.187-LL, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Santiago, con un área de 126.95 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.49; al Este, calle Manuel de Jesús Tavarez; al Sur, solar No.47; y al Oeste, solar No.48, por la suma de Veinticinco Mil Trescientos Noventa Pesos con 00/100 (RD$25,390.00).
13.- Al señor Felipe Hidalgo Peralta, el solar No.312-A Ref 8-G, que está dentro de la parcela catastral No.7-C-8-1, manzana No.5, que tiene designación municipal de solar No.312-A Ref. 8G, del Distrito Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un área de 206.78 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.312-A Ref. 8H; al Este, Peatonal; al Sur, Ave. Francisco Bido; y al Oeste, solar No.312-A Ref.-7, por la suma de Treinta y Cinco mil Ciento Cincuenta y Dos Pesos con 60/100 (RD$35,152.60).
14.- A la señora Mercedes Antonia Belkis Adames, un solar que está dentro de la parcela catastral No.56, que tiene designación municipal de solar No.11, manzana No.56 del Distrito Catastral No.8, del municipio de Santiago, con un área de 79.53 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.10-A; al Este, solar No.12; al Sur, calle San Judas Tadeo; y al Oeste, solar No.10-A, por la suma de Trece Mil Quinientos Veinte Pesos con 10/100 (RD$13,520.10).
15.- A la señora Amada Margarita Henríquez, un solar que está dentro de la parcela catastral No.154,con designación municipal de solar No.38-B, de la manzana No.46, del Distrito Catastral No.6, del municipio de Santiago, con un área de 68.90 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.40; al Este, solar No.36; al Sur, solar No.38-A; y al Oeste, Calle No.5, por la suma de Trece Mil Setecientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$13,780.00).
ARTICULO 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Bayaguana, Provincia Monte Plata a vender al señor Ramón Isidro Caraballo de Jesús, el Solar que está
dentro de la parcela catastral No.42, con designación municipal de solar No.6, manzana No.1-A, del Distrito Catastral No.3, del municipio de Bayaguana, con un área de 397.06 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Ñoña Taveras; al Este, Ramón de Los Santos; al Sur, Escuela Pantaleón Castillo; y al Oeste, Sr. Sergio B. Polanco, por la suma de Cincuenta y Nueve Mil Quinientos Cincuenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$59,559.00).
ARTICULO 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia a vender al señor Ramón Antonio Michell, el Solar que está dentro de la manzana catastral No.91-Prov., con designación municipal de solar No.4460, manzana No.91, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Higüey, con un área de 222.20 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, María Mota; al Este, Doña Cela; al Sur, calle Padre Billini; y al Oeste, calle Francisco Soler, por la suma de Cuarenta y Un Mil Seiscientos Sesenta y Dos Pesos con 50/100 (RD$41,662.50).
ARTICULO 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Puerto Plata, Provincia Puerto Plata a vender a la señora Matías Modesta Gonzáles García, el Solar que está dentro de la manzana catastral No.24, con designación municipal de solar No.18, manzana No.24, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Puerto Plata, con un área de 184.80 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Sánchez; al Este, resto manzana No.24; al Sur, calle Mella; y al Oeste, resto manzana No.24, por la suma de Treinta y Nueve Mil Doscientos Setenta Pesos con 00/100 (RD$39,270.00).
ARTICULO 6.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Mao, Provincia Valverde a vender a la señora María Altagracia Rodríguez Cabrera, el Solar No.04 (parte), que está dentro de la manzana catastral No.52, manzana No.182, con designación municipal de solar No.526, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Mao, con un área de 117.70 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Trinitaria; al Este, calle Jesús María Rodríguez; al Sur, Ana Josefa Tineo; y al Oeste, Suc. Pérez, por la suma de Treinta y Un Mil Ciento Noventa Pesos con 50/100 (RD$31,190.00).
ARTICULO 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio del Seibo, Provincia El Seibo a vender a la señora Julia Olivia de La Cruz Vda. Hernández, el Solar No.12-2002, que está dentro de la manzana catastral No.105, manzana No.105, con designación municipal de solar No.12-2002, del Distrito Catastral No.1, del municipio del Seibo, con un área de 305.28 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Paso peatonal; al Este, resto manzana No.105; al Sur, resto de la manzana No.105; y al Oeste, calle Julio Dalmasí, por la suma de Cuarenta y Cinco Mil Setecientos Noventa y Dos Pesos con 00/100 (RD$45,792.00).
ARTICULO 8.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Padre Las Casas, Provincia Azua a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.- A la compañía Ferretería Hnos. Veloz, debidamente representada por el señor Roberto Veloz de los Santos, el solar No.4 (parte), que está dentro de la manzana catastral No.18, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Padre Las Casas, con un área
de 217.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Siria Paniagua; al Este, Celida García; al Sur, Suc. Mercedes Luciano y Elidio Veloz; y al Oeste, calle Duarte, por la suma de Veintiún Mil Setecientos Pesos con 00/100 (RD$21,700.00).
2.- A la señora Rosa Lidia Veloz de Los Santos, el solar No.5 (parte), que está dentro de la manzana catastral No.1, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Padre Las Casas, con un área de 82.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Marcos Oviedo; al Este, calle Duarte; al Sur, Marcos Oviedo; y al Oeste, Marcos Oviedo, por la suma de Ocho Mil Doscientos Pesos con 00/100 (RD$8,200.00).
ARTICULO 9.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, provincia Santiago, a permutar, a los señores Sergio Helena Pimentel y Gladis Gutiérrez de Helena, el solar con designación municipal No.2, de la manzana municipal No.73, localizado dentro de la parcela No.212, del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 504.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte, solar municipal No.1; Al Este, Calle Proyecto; Al Sur, solar municipal No.3; y Al Oeste, resto de la manzana, y a su vez el Ayuntamiento del Municipio de Santiago recibe a cambio el Solar No.322, de la manzana No.28, Camino a El Ejido, del municipio de Santiago, con un área de 1,470.00 metros cuadrados
ARTICULO 10.- Se modifica el Artículo 9 del Decreto No.587-03, de fecha 16 de junio del año 2003 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora Zunilda Altagracia Torres Ureña, solar municipal No.1038, de la Manzana No.60, correspondiente al solar catastral No.4, de la manzana No.53, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 208.30 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Salvador Cucurullo; al Este, solar municipal No.1039; al Sur, solares municipales Nos.1036 y 1050; y al Oeste, Juzgado de Paz, por la suma de Veinte Mil Ochocientos Treinta Pesos con 00/100 (RD$20,830.00)".
ARTICULO 11.- Se modifica el literal a) del Artículo 2 del Decreto No.370-98, de fecha 5 de octubre del año 1998 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Francisco Antonio Toribio, solar municipal No.40, de la Manzana No.1, correspondiente al solar catastral No.4-C-7, porción A, del Distrito Catastral No.1, del sector Gurabito, del Municipio de Santiago, con un área de 395.33 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.39; al Este, Avenida Imbert; al Sur, solar municipal No.41; y al Oeste, terreno propio, por la suma de Treinta y Nueve Mil Quinientos Treinta y Tres Pesos con 00/100 (RD$39,533.00)".
ARTICULO 12.- Se modifica el Artículo 2 del Decreto No.328-04, de fecha 14 de abril del año 2004 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora María Eduvigis Domínguez de Robles, el solar municipal No.1565, de la Manzana No.113, correspondiente al solar catastral No.8, de la manzana No.63, del Distrito Catastral No.1, ubicado en la calle Francisco Bonó, del Municipio de Santiago, con un área de 158.42
metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Francisco Bonó; al Este, solares Nos.1566, 1567 y 1568; al Sur, solares Nos.1573 y 1572; y al Oeste, solar No.1564, por la suma de Quince Mil Ochocientos Cuarenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$15,842.00)".
ARTICULO 13.- Se modifica el Artículo 13 del Decreto No.783-04, de fecha 9 de agosto del año 2004 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora Lourdes Mercedes Medrano, el solar municipal No.29, de la Manzana No.20-Sur, correspondiente al solar catastral No.25, de la manzana catastral No.789, del Distrito Catastral No.1, ubicado en la C/1, del sector Ensanche Libertad, del Municipio de Santiago, con un área de 85.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.13; al Este, solar municipal No.28; al Sur, Calle No.1; y al Oeste, solar municipal No.30, por la suma de Once Mil Cincuenta Pesos con 00/100 (RD$11,050.00)".
ARTICULO 14.- Se modifica el literal b) del Artículo 2 del Decreto No.370-98, de fecha 5 de octubre del año 1998 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Francisco Antonio Toribio, el solar municipal No.41, de la Manzana No.1, correspondiente al solar catastral No.4-C-8, porción A, del Distrito Catastral No.1, del sector Gurabito, del Municipio de Santiago, con un área de 414.37 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.40; al Este, Avenida Imbert; al Sur, solar municipal No.42; y al Oeste, propiedad de Narciso Román, por la suma de Cuarenta y Un Mil Cuatrocientos Treinta y Siete Pesos con 00/100 (RD$41,437.00)".
ARTICULO 15.- Se modifica el Artículo 2 del Decreto No.468-04, de fecha 24 de mayo del año 2004, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a las señoras María A. Hinojosa, Elda A. Hinojosa y Guarina Hinojosa, solar catastral No.20, de la manzana No.141 del Distrito Catastral No.1, ubicado en la calle Cuba, del Municipio de Santiago, con un área de 152.76 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.2055; al Este, calle Beller; al Sur, solar No.2056; y al Oeste, solar No.2060, por la suma de Treinta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Dos Pesos con 90/100 (RD$34,752.90)".
ARTICULO 16.- Se modifica el Artículo 12 del Decreto No.828-02, de fecha 14 de octubre del año 2002 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la asociación Pro-Bienestar de la Familia (PROFAMILIA), debidamente representada por su Director, el solar municipal No.1212-A, de la Manzana No.73, correspondiente al solar catastral No.30, de la manzana catastral No.89, del Distrito Catastral No.1, ubicado en la calle Restauración, del Municipio de Santiago, con un área de 257.32 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.1212; al Este, Junta Central Electoral; al Sur, calle Restauración; y al Oeste, Emilia R. de Vega, por la suma de Sesenta y Cinco Mil Seiscientos Dieciséis Pesos con 60/100 (RD$65,616.60)".
ARTICULO 17.- Se modifica el Artículo 3 del Decreto No.29-03, de fecha 14 de enero del año 2003 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de San Francisco de Macorís, provincia San Francisco de Macorís, a vender a la señora Salustina de Jesús Frías, el solar municipal No.26, de la Manzana No.3, correspondiente a la parcela catastral No.7-C-7-B-25, del Distrito Catastral No.8, ubicado en la Ave. Rincón Largo, del Municipio de San Francisco de Macorís, con un área de 423.30 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solares municipales Nos.12 y 13; al Este, solar municipal No.25; al Sur, Avenida Rincón Largo; y al Oeste, solar municipal No.27, por la suma de Cincuenta y Nueve Mil Doscientos Sesenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$59,262.00)".
ARTICULO 18.- Se modifica el Artículo 7 del Decreto No.126-04, de fecha 24 de febrero del año 2004 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a los señores Mariano Brizuela y Ramona Altagracia Lora Rodríguez de Brizuela, el solar municipal No.3, de la Manzana No.1-E, correspondiente a la parcela catastral No.6-B-33 (parte), del Distrito Catastral No.8, ubicado en la calle principal, Hoya del Caimito, del Municipio de Santiago, con un área de 171.23 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Peatonal; al Este, Calle No.24; al Sur, Calle No.4; y al Oeste, solar No.3-A, por la suma de Cincuenta y Cuatro Mil Quinientos Sesenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$54,579.56)".
ARTICULO 19.- Se modifica el Numeral 2 del Artículo 1 del Decreto No.454-05, de fecha 19 de agosto del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Avelino Yunén, el solar municipal No.2261, manzana No.168, correspondiente al solar catastral No.13, de la manzana catastral No.229, del Distrito Catastral No.1, ubicado en la calle Boy Scout, del Municipio de Santiago, con un área de 307.28 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Sr. José Yunén; al Este, solar No.2260; al Sur, calle Boy Scout; y al Oeste, solar No.2262, por la suma de Veinte y Tres Mil Cuatrocientos Sesenta Pesos con 40/100 (RD$23,460.40)".
ARTICULO 20.- Se modifica el Numeral 17 del Artículo 1 del Decreto No.454-05, de fecha 19 de agosto del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Idelio Antonio Jáquez Cruz, solar municipal No.32, manzana No.16, correspondiente a la parcela catastral No.129-A, del Distrito Catastral No.6, ubicado en la calle Manolo Tavarez Justo, del Municipio de Santiago, con un área de 193.55 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.10; al Este, solar No.31; al Sur, calle Tercera; y al Oeste, solar No.33, por la suma de Veinte y Nueve Mil Treinta y Dos Pesos con 50/100 (RD$29,032.50)".
ARTICULO 21.- Se modifica el Artículo 19 del Decreto No.454-05, de fecha 19 de agosto del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora Aida Yolanda Liz de Santos, el solar municipal No.7, de la manzana C, correspondiente a la
parcela catastral No.2-B-2-A, porción B, del Distrito Catastral No.1, ubicado en el ensanche Caonabo, del Municipio de Santiago, con un área de 199.70 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle C; al Este, solar municipal No.8; al Sur, solar municipal No.16; y al Oeste, solar municipal No.6, por la suma de Once Mil Novecientos Ochenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$11,982.00)".
ARTICULO 22.- Se modifica el Numeral 10 del Artículo 1 del Decreto No.176-05, de fecha 21 de marzo del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Rafael Arismendy de la Nuez, el solar municipal No.1, manzana No.12, correspondiente a la parcela catastral No.250-C-2 (parte), del Distrito Catastral No.6, ubicado en la calle Penetración Rafey, del Municipio de Santiago, con un área de 246.75 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Peatonal No.5; al Este, solar No.2; al Sur, Calle; y al Oeste, calle de penetración, por la suma de Cuarenta y Nueve Mil Trescientos Cincuenta Pesos con 00/100 (RD$49,350.00)".
ARTICULO 23.- Se modifica el Artículo 4 del Decreto No.684-04, de fecha 21 de julio del año 2004, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Montecristi, provincia Montecristi, a vender al señor Francisco Emilio Seijas Escalera, el solar que esta dentro de la porción A catastral, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Montecristi, con un área de 1,427.95 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Camino Juan de Bolaño; al Este, resto de la porción A del D.C. No.1; al Sur, resto de la porción A del D.C. No.1 y al Oeste, Camino Juan de Bolaño, por la suma de Setenta y Un Mil Trescientos Cuarenta y Siete Pesos con 50/100 (RD$71,347.50)".
ARTICULO 24.- Se modifica el Artículo 17 del Decreto No.782-04, de fecha 9 de agosto del año 2004, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Silverio Rigoberto Santana Cruz, el solar No.18, de la manzana No.13, correspondiente a la parcela catastral No.129-L, del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 531.60 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.17; al Este, Calle No.17; al Sur, solar No.19 y al Oeste, solar 20-B, por la suma de Ciento Seis Mil Trescientos Veinte Pesos con 00/100 (RD$106,320.00)".
ARTICULO 25.- Se modifica el Artículo 3 del Decreto No.782-04, de fecha 9 de agosto del año 2004, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a los señores Rigoberto Santana Cruz y Carmen Arelis Santana Cruz, el solar con designación municipal de solar No.20-A, de la manzana No.13, correspondiente a la parcela catastral No.129-L del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 693.57 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solares Nos.20-B y 16; al Este, solares Nos.17, 18 y 18B; al Sur, solar No.19 y al Oeste, solar No.3, por la suma de Doscientos Seis Mil Trescientos Treinta y Siete Pesos con 08/100 (RD$206,337.08)".
ARTICULO 26.- Se modifica el Numeral 2 del Artículo 1 del Decreto No.303-05, de fecha 7 de mayo del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora Adalgisa Pérez Rosario, el solar municipal No.2103, de la manzana No.149, correspondiente al solar catastral No.11, de la manzana catastral No.143, del Distrito Catastral No.1, ubicado en la calle Sabana Larga, Municipio de Santiago, con un área de 96.30 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.2102; al Este, C/ Sabana Larga; al Sur, solares municipales Nos.2104 y 2105 y al Oeste, solar No.2106, por la suma de Veinte y Ocho Mil Ochocientos Noventa Pesos con 00/100 (RD$28,890.00)".
ARTICULO 27.- Se modifica el Numeral 13 del Artículo 1 del Decreto No.303-05, de fecha 7 de mayo del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora Hilda Crescencia Hilario de García, el solar municipal No.1065-B, manzana No.62, correspondiente al solar catastral No.4, manzana No.55, del Distrito Catastral No.1, ubicado en la calle Salvador Cucurullo, del Municipio de Santiago, con un área de 118.28 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Salvador Cucurullo; al Este, solar municipal No.1066; al Sur, solares municipales Nos.1079-A y 1078 y al Oeste, solar municipal No.1065-A, por la suma de Diecisiete Mil Setecientos Cuarenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$17,742.00)".
ARTICULO 28.- Se modifica el Numeral No.9 del Artículo 1 del Decreto No.327-05, de fecha 16 de junio del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Miguel Angel Pimentel, el solar municipal No.54, de la manzana No.20, correspondiente al solar catastral No.1, porción B parte, del Distrito Catastral No.1, ubicado en la calle Juana Saltitopa, Ensanche Bolivar, del municipio de Santiago, con un área de 92.68 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solares municipales Nos.14 y 15; al Este, solar municipal No.53; al Sur, calle Enrique Deschamps y al Oeste, solar municipal No.55, por la suma de Nueve Mil Doscientos Sesenta y Ocho Pesos con 00/100 (RD$9,268.00)".
ARTICULO 29.- Se modifica el Artículo 8 del Decreto No.327-05, de fecha 16 de junio del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Montecristi, provincia Montecristi, a vender a la señora Bienvenida Villanueva Fabián, el solar No.9, de la manzana No.132, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Montecristi, con un área de 323.93 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Federico Velásquez; al Este, Cañada de desagüe; al Sur, solar catastral no.10-A y al Oeste, solar catastral No.8, por la suma de Dieciséis Mil Ciento Noventa y Seis Pesos con 50/100 (RD$16,196.50)".
ARTICULO 30.- Se modifica el Numeral No.20 del Artículo 1 del Decreto No.327-05, de fecha 16 de junio del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al Rafael Francisco Almánzar Jiménez, el solar municipal No.23, manzana No.6, correspondiente a la parcela catastral No.201, del Distrito Catastral No.6, ubicado en el sector Gurabo Abajo, del Municipio de Santiago, con un área de 145.43 metros cuadrados, con los siguientes
linderos: al Norte, solar municipal No.20; al Este, Callejón; al Sur, solar municipal No.24 y al Oeste, solar municipal No.22, por la suma de Catorce Mil Quinientos Cuarenta y Tres Pesos con 00/100 (RD$14,543.00)”.
ARTICULO 31.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 143 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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