Texto de la norma
Dec. No. 420-02 que crea e integra la Comision Nacional de Ejecucion de la Reforma
Procesal Penal.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 420-02
CONSIDERANDO: Que es de alto interes nacional la adopcion y puesta en
vigor de un nuevo sistema procesal penal, que a la par de brindar una solucion efectiva a 10s
conflictos con relevancia penal, garantice 10s principios fundamentales y derechos
constitucionales propios del debido proceso;
CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional ultima 10s tramites para la
aprobacion definitiva de un nuevo Codigo Procesal Penal, cuya puesta en vigor exige el
concurso inmediato y sostenido de todos 10s sectores de la vida nacional;
CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo mantiene su compromiso de
participar y apoyar activamente, con 10s recursos humanos y materiales que fueren
menester, las aspiraciones compartidas de construir un sistema de justicia que brinde
respuestas de manera efectiva, humana y digna, a1 fenomeno criminal, como una forma de
contribuir a1 desarrollo institucional, a la paz social y a una cultura de respeto a la ley;
CONSIDERANDO: Que la reforma procesal penal no se agota en la
rnodificacion del Codigo de Procedimiento Criminal de 1884, sino que su aplicacion plena
conlleva cambios estructurales, funcionales, institucionales y culturales que trascienden el
ambit0 del sistema de justicia penal;
CONSIDERANDO: Que la puesta en vigor de las disposiciones
establecidas en el nuevo Codigo Procesal Penal requieren de la adecuacion de todas las
normas que directa o indirectamente esten relacionadas con este nuevo cuerpo normativo;
CONSIDERANDO: Que el concurso efectivo de todos 10s poderes publicos
y sectores de la comunidad nacional, resulta vital para la preparacion y puesta en vigor del
nuevo sistema de justicia penal;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1.- Se crea la Comision Nacional de Ejecucion (CONAEJ) de
la Reforma Procesal Penal, como organism0 encargado de dirigir, dar seguimiento y
orientar el proceso de puesta en marcha de la reforma procesal penal.
La Comision Nacional de Ejecucion (CONAEJ), estara integrada por:
1.-
La Vicepresidenta de la Republica, Dra. Milagros Ortiz Bosch, quien
la preside;
2.-
El Presidente de la Suprema Corte de Justicia;
3.-
El Presidente del Senado de la Republica;
4.-
El (la) Presidente de la Camara de Diputados;
5.-
El Procurador General de la Republica,
6.-
El Presidente de la Comision de Justicia del Senado de la Republica;
7.-
El Presidente de la Comision de Justicia de la Camara de Diputados;
8.-
El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernizacion de la
Justicia;
9.-
El Jefe de la Policia Nacional;
10.-
El Secretario del Consejo Nacional de la Magistratura;
11.-
El Director de la Escuela Nacional de la Judicatura;
12.-
El Secretario Tecnico de la Presidencia de la Republica;
13.-
El Director General de Prisiones;
14.-
Monseiior Agripino Nuiiez Collado;
15.-
El Doctor Artagnan Perez Mendez, y;
16.-
El Director Ejecutivo de la Fundacion Institucionalidad y Justicia
(FINJUS).
ARTICULO 2.- La Comision debera reunirse por convocatoria hecha por su
Presidente, dentro de 10s proximos treinta (30) dias, a partir de la fecha de emision del
presente decreto. En esta primera sesion se elegira el Secretario y se procedera a la
elaboracion y aprobacion de su reglamento interno.
ARTICULO 3.- La Comision Nacional de Ejecucion tiene, entre otras, las
siguientes atribuciones:
1.-
Aprobar el Plan Nacional de Implementacion del Codigo Procesal
Penal, evaluar regularmente su puesta en marcha y hacer 10s
correctivos que Sean necesarios;
2.-
Asegurar el contact0 estrecho con el Presidente de la Republica,
mantenerlo informado e involucrado sobre el proceso de
implementacion;
3.-
Asegurar la coherencia y la coordinacion de todos 10s procesos de
cambio para la implementacion de la reforma procesal penal que se
esten operando en todas las instituciones del sector;
4.-
Elaborar el presupuesto para la implementacion del Codigo Procesal
Penal y asegurar la obtencion de 10s recursos necesarios para tal
efecto;
5.-
Designar el Comite Ejecutivo de Implementacion, como organism0
encargado de supervisar, coordinar y armonizar con las unidades
tecnicas de cada institucion del sector, la ejecucion de dicho Plan;
Tener informada a la poblacion sobre 10s avances y 10s problemas
del sector justicia y formalizar, ante la opinion publica, un Pacto
6.-
Social por la Justicia que incluya el compromiso de la
implementacihn de la reforma y del fortalecimiento de un sistema de
justicia independiente.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s seis (6) dias del mes de junio del aiio dos mil dos
(2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.