Texto de la norma
Dec. No. 59-02 que autoriza a varias compaiiias extranjeras a fijar domicilio en la
Republica Dominicana.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 59-02
VISTAS las instancias que por via de la Secretaria de Estado de Interior y
Policia han elevado a1 Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte
dispositiva del presente decreto.
VISTO el Articulo 13 del Codigo Civil de la Republica Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se autoriza a VENTURA CORPORATION, LIMITED,
sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de las Bermudas, con su
domicilio en Cedar House, 41 Cedar Avenue, Hamilton HM12, Bermudas, a fijar domicilio
en la Republica Dominicana.
ARTICULO 2.- Se autoriza a YKK UNIVERSAL FASTENERS, INC.
DOMINICAN REPUBLIC BRANCH, sociedad comercial organizada de conformidad
con las leyes de Delaware, Estados Unidos de America, con su domicilio en el numero 100
West 10th Street, ciudad Wilmington Condado de New Castle, Delaware, Estados Unidos
de America, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
ARTICULO 3.- Se autoriza a CATERPILLAR MOTOREN GMBH &
Co. KG., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de Alemania, con su
domicilio en Falckensteiner Strasse 2, 24159 Kiel, Alemania, a fijar domicilio en la
Republica Dominicana.
ARTICULO 4.- Se autoriza a HIDROESTUDIOS, S.A. - REPUBLICA
DOMINICANA, sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de la
Republica de Colombia, con su domicilio en Carrera 7 No. 71-21 Torre B, Piso 14, Bogota,
Colombia, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
ARTICULO 5.- Se autoriza a FORSA EDITORES, INC., sociedad
comercial organizada de conformidad con el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con su
domicilio en Calle Refugio numero 11, Municipio de San Juan, del Estado Libre Asociado
de Puerto Rico, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
ARTICULO 6.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia, para
10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de enero del aiio dos
mil dos (2002); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.