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Decreto

Decreto 6-02

que autoriza a la Bat Republica Dominicana a realizar todas las actividades relacionadas con la importacion, almacenaje, distribucion, comercializacion y promocion en todo el pais, de 10s cigarrillos producidos por British American Tobacco

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 ene de 2002fecha
Otrostipo
G. O. 10121Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 6-02 que autoriza a la Bat Republica Dominicana a realizar todas las actividades relacionadas con la importacion, almacenaje, distribucion, comercializacion y promocion en todo el pais, de 10s cigarrillos producidos por British American Tobacco. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 6-02 CONSIDERANDO: Que en fecha 26 de septiembre del aiio 2001, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto No. 966-01, modificado por el Decreto No. 1007-01, de fecha 9 de octubre del aiio 2001, autorizo a la sociedad comercial “BAT Republica Dorninicana”, a fijar domicilio en nuestro pais. CONSIDERANDO: Que el Articulo 1 de la Ley No. 2461, de fecha 18 de julio de 1950, otorga a1 Poder Ejecutivo la facultad de disponer “la emision de especies timbradas para el pago de impuestos, derechos, tasas o contribuciones que de acuerdo con las leyes fiscales deba hacerse, en todo o en parte”. CONSIDERANDO: Que el Articulo 27 de la repetida disposicion legal establece de manera expresa que “Toda cuestion no prevista por esta ley, se regulara por 10s reglamentos del Poder Ejecutivo”. VISTA la citada Ley No. 2461, de fecha 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas. VISTA la Ley No. 3489, de fecha 14 de febrero de 1953, que establece el Regimen de las Aduanas de la Republica Dominicana. VISTA la Ley No. 147, de fecha 27 de junio de 1983. VISTA la Ley No. 11-92, de fecha 16 de mayo de 1992 (Codigo Tributario de la Republica Dorninicana), y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se autoriza a “BAT Republica Dorninicana”, sociedad comercial constituida de conformidad con las leyes de la Republica de Panama, y con domicilio fijo debidamente autorizado en la Republica Dorninicana, a realizar todas las actividades relacionadas con la irnportacion, almacenaje, distribucion, comercializacion y promocion, en todo el territorio de la Republica Dorninicana, de 10s cigarrillos producidos por British American Tobacco. ARTICULO 2.- Se autoriza provisionalmente a “BAT Republica Dorninicana” a imprimir las estampillas para el pago de 10s impuestos correspondientes (en o sobre las cajetillas de cigarrillos a ser importados) en el lugar de fabricacion de sus productos, siempre cumpliendo con las disposiciones legales o reglamentarias vigentes en el pais a este respecto. ARTICULO 3.- Queda entendido que la presente autorizacion se mantendra vigente unicamente hasta el momento en que el Poder Ejecutivo emita un reglamento sobre la impresion o preimpresion de las estampillas de referencia. ARTICULO 4.- Enviese a la Secretaria de Estado de Agricultura, la Direccion General de Aduanas y la Direccion General de Impuestos Internos, para 10s fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s siete (7) dias del mes de enero del aiio dos mil dos (2002); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona